STSJ Comunidad Valenciana , 20 de Mayo de 2003

PonenteJOSE MARIA ORDEIG FOS
ECLIES:TSJCV:2003:4252
Número de Recurso1686/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Social

3 Recurso contra sentencia 1.686/2.003 Recurso contra Sentencia núm. 1.686/2.003 Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos Presidente Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver En Valencia, a veinte de mayo de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2.603/2.003 En el Recurso de Suplicación núm. 1.686/2.003, interpuesto contra la sentencia de fecha 23 de enero de 2.003, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Seis de Valencia, en los autos núm. 720/2.002, seguidos sobre extinción prestación de desempleo, a instancia de D. Cornelio , asistido por Don Vicente Segarra, contra el Instituto Nacional de Empleo, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 23 de enero de 2.003, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Cornelio frente al Instituto Nacional de Empleo, absolviendo al organismo demandado de los pedimentos formulados en su contra. ".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "

PRIMERO

Al actor Cornelio , al cese en la empresa Constructora San Jose se le reconoció prestación de desempleo que percibió hasta el 30-9-2.001 con los siguientes elementos: a) Dia de derecho = 720 dias. B)

fecha de inicio = 22-7-2.000 . c) base reguladora = 79,53 .".

SEGUNDO

Por resolución del Instituto Nacional de Empleo de 30-11- 2.001 se comunica al actor el inicio de un proceso sancionador para extinción de su derecho a la prestacion por desempleo y devolución de las cantidades indebidamente percibidas por el periodo 2-1-2.001 al 30-9-2.001 en cuantia de 7.187,07 (1.195.827 ptas). El actor presento escrito de alegaciones. /Folios nº 86 a 78). TERCERO.- Con fecha 31-1-2002, se dictó resolución del Instituto Nacional de Empleo acordando extinguir el derecho a la prestación por desempleo y declarar la percepción indebida de la prestación en la cuantía de 7.187,07 por el periodo de 2.1.2.001 al 30-9- 2.001 por motivo de su colocación por cuenta ajena (Folio nº 74). CUARTO.- La mercantil " Baraka, S.L." se constituyó el 27-7-2.000 como sociedad unipersonal por el actor Cornelio . DNI NUM000 comenzando su actividad el 2-1-2.001 y siendo administrador único de la misma el propio Cornelio cargo que es gratuito. El objeto social de la citada mercantil es la prestación de servicios de asesoramiento económico financiero y contable, mercado inmobiliario, operaciones financieras y de comercio, prestación de servicios de correduria de seguros importación y exportación de mercancías y arrendamiento de fincas urbanas, con exclusión de arrendamientos financieros (folios nº 18 a 39 y 80). En la citada mercantil presta servicios como empleada Dª Encarna .(folio nº 57). SEXTO.- El ostenta el cargo de administrador de...

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