STSJ Comunidad Valenciana , 14 de Marzo de 2003

PonenteMANUEL JOSE PONS GIL
ECLIES:TSJCV:2003:2183
Número de Recurso1976/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2003
EmisorSala de lo Social

3 R.C.Sent nº 1976/02 Recurso contra Sentencia núm. 1.976/2002 Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Presidente Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas Ilma. Sra. Dª. María Luisa Mediavilla Cruz En Valencia, a catorce de marzo de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1.190 de 2.003 En el Recurso de Suplicación núm. 1976/02, interpuesto contra la sentencia de fecha 28 de septiembre de 2.001, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Valencia, en los autos núm. 370/01, seguidos sobre Cantidad, a instancia de don Alonso asistido del letrado don Ricardo Ysern Lagarda, contra el Ministerio de Fomento representado por el Sr. Abogado del Estado, y en los que es recurrente el demandado antes mencionado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 28 de septiembre de 2.001 dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando como estimo la demanda formulada por don Alonso contra el MInisterio de Fomento debo declarar y declaro el derecho del actor a ser adscrito en el grupo profesional 4 del convenio colectivo, con todos los efectos economicos que se deriven de dicha adscripción, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración, y condenando a la demandada a que abone al actor la cantidad de 126.986 ptas., no percibidas en el año dos mil, así como las que se hayan devengado desde la interposición de la demanda a la fecha de esta resolucion, que se determinará en ejecución de sentencia.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El acor prestó sus servicios como personal laboral para el Ministerio de Fomento, con destino en la demarcación de carreteras del Estado de Valencia con la antigüedad de 1-7-93, salario de 128.972 ptas. por sueldo base, en catorce pagas anuales y 6.667 ptas. por complemento singular del puesto, en 12 pagas anuales para el año 2000. Y categoria profesional de oficial de oficio de primera conductor.

SEGUNDO

En 1-12-98, se publicó en el BOE el convenio colectivo unico para el personal laboral de la Administración General del Estado, cuyo Anexo I recoge el encuadramiento de las categorias profesionales de origen en distintos gruppos profesionales. A tenor de dicho Anexo, la categoria de oficial de oficio de 1º

conductor del MOPU queda incluida en el grupo 5. Dicho encuadramiento se ha mantenido tras el acuerdo sobre el sistema de clasificación profesional ddel convenio único para el personal laboral de la administración del estado de 12-7-00 de la Comisión General de Clasificación. TERCERO.- En reunión del Provincial del Ministerio de Fomento de 6-4-01, sobre informe oficial del oficio de 1º conductor, se acordño incluir al actor en el...

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