STSJ Comunidad Valenciana , 11 de Octubre de 2002

PonenteANTONIO MARQUEZ BOLUFER
ECLIES:TSJCV:2002:9804
Número de Recurso148/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia a 11 de octubre de 2002.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA, Presidente; D. ROSARIO VIDAL MAS, y D. ANTONIO MÁRQUEZ BOLUFER, Magistrados han pronunciado la siguiente SENTENCIA 1628/02 En el recurso contencioso Administrativo n° 148/99, interpuesto por D. Carlos Manuel , representada por la Procuradora de los Tribunales Dª María Luisa Izquierdo Tortosa, contra la resolución del Director General de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de fecha 26-11-98, por la que se desestimaba el recurso ordinario formulado frente la resolución de fecha 5-3-1998, de la misma Oficina, que denegaba la inscripción de la Marca " GYM " n° 2086897, para distinguir " los servicios propios de un gimnasio "

Siendo parte demandada, la Oficina Española de Patentes y Marcas, representada y defendida por el Abogado del Estado.

Y Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. ANTONIO MÁRQUEZ BOLUFER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguido por los trámites legales, se emplazó al demandante para que formulase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que solicitaba se declarase la nulidad de la resolución recurrida, y se le reconociese el derecho a la inscripción solicitada.

SEGUNDO

Por la parte demandada, se contestó a la demanda mediante escrito donde solicitaba se declarase la conformidad a derecho de los actos administrativos impugnados.

TERCERO

No habiéndose recibido los autos a prueba, y no solicitándose la celebración de vista o conclusiones, quedaron los autos pendientes de votación y fallo, señalándose a tal efecto el día 8 de Octubre de 2002.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sociedad demandante formula el presente recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Ofician Española de Patentes y Marcas, de 5 de Marzo de 1998, que denegó la inscripción de la Marca denominativa GYM para distinguir " los servicios propios de un gimnasio ", por considerar que estaba compuesta exclusivamente por signos genéricos para los servicios que pretende...

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