STSJ Comunidad Valenciana , 14 de Enero de 2003

PonenteJOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA
ECLIES:TSJCV:2003:187
Número de Recurso917/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TSJCV.

Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto n° " 917/99 "

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia a catorce de enero de dos mil tres En la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres D. JOSE Mª ZARAGOZA ORTEGA, Presidente D. JOSE BELLMONT MORA y D. FERNANDO NIETO MARTIN Magistrados, ha pronunciado las, siguiente SENTENCIA N° 1/2003 En el recurso contencioso administrativo n° 917/99 interpuesto por D. Ángel , representado por la Procuradora Dª Florentina Pérez Samper y defendido por el Letrado D. Ramiro Solanes Calatayud contra resolución de la Alcaldía del, Ayuntamiento de Godelleta (Valencia) de fecha 10.marzo.99, habiendo sido parte en los autos el citado Ayuntamiento de Godelleta, representado por la Procuradora Dª Mª Teresa de Elena Silla y defendido por D. Francisco Hurtado Orts, Letrado-Jefe del Servicio de Defensa y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE Mª ZARAGOZA ORTEGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia anulando la resolución impugnada, y reconociendo al recurrente la indemnización solicitada.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se declarase la inadmisbilidad del recurso, o, en su caso, la plena conformidad a derecho de la resolución impugnada.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 78 de la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, y cumplido dicho trámite quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 7.enero.2003.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye objeto de este recurso contencioso administrativo la resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Godelleta (Valencia), de fecha 10 de marzo de 1999, en la que se acuerda desestimar la reclamación planteada por D. Ángel solicitando al citado Ayuntamiento que responda por los daños ocasionados en su vehículo, matricula F-....-OJ , a causa de la celebración de festejo taurino "Toro en Cuerda", el pasado 4 de julio de 1998, por entender que no queda suficientemente acreditada la relación de causalidad, entre el daño o la lesión y el funcionamiento del Servicio Público.

Dicho recurrente alega en su demanda que el vehículo marca Ford, modelo Escort, propiedad del actor, con matricula F-....-OJ , se encontraba estacionado en la c/ Comunidad Valenciana, de Godelleta (Valencia), el 4.julio.98, en el que con motivo de la fiestas patronales se celebraba el denominado "Toro en cuerda", ignorando el actor tal evento, por no ser vecino de la localidad, y no existir en la mencionada calle señalización alguna que indicase la celebración de esa...

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