STSJ Comunidad Valenciana , 29 de Junio de 2003

PonenteMARIA DESAMPARADOS IRUELA JIMENEZ
ECLIES:TSJCV:2003:5696
Número de Recurso480/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la Ciudad de Valencia, a veintinueve de junio de dos mil tres.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. EDILBERTO JOSE NARBÓN LAINEZ, Presidente, Dª AMPARO PEREZ NAVARRO, y Dª DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 1196/03 En el recurso contencioso-administrativo n° 480/00, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. JESUS RIVALLA CAROL, en representación de Telefónica de España, SA., contra la desestimación presunta por la Conselleria de Obras Públicas, Transportes y Urbanismo de la solicitud formulada por dicha mercantil de abono de la factura nº 4616CA200003 por importe de 6.564.464 ptas., correspondiente al 50%

del coste de las obras de modificación de instalaciones telefónicas solicitadas por esa Conselleria con ocasión de la ejecución del Proyecto "41-V-727" Ronda de Sueca(Valencia).

Ha sido parte en autos como Administración demandada la GENERALITAT VALENCIANA, representada y defendida por sus Servicios Jurídicos; siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª

DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte actora para que formalizara demanda, lo que verificó mediante escrito suplicando se dictase sentencia por la que, con estimación del recurso, se declarase el derecho de Telefónica de España, SA. a percibir de la Generalidad Valenciana la cantidad de 6.564.464 ptas. y sus intereses legales, importe del 50% de los gastos de modificación de instalaciones telefónicas afectadas por él Proyecto de la Generalidad Valenciana "41-V-727 Ronda de Sueca".

SEGUNDO

La Administración demandada contestó a la demanda solicitando se dictase sentencia por la que se declarase la conformidad a Derecho de la resolución administrativa impugnada, absolviendo a la Administración Autonómica de la presente demanda.

TERCERO

No habiendo solicitado las partes el recibimiento a prueba del proceso, y acordado el trámite de conclusiones, se declaró el pleito concluso, quedando los autos pendientes de su señalamiento para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el veintiuno de mayo de dos mil tres.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

En fecha 23 de noviembre de 1999 Telefónica de España, SA formuló ante la Conselleria de Obras Públicas, Transportes y Urbanismo solicitud de abono de la factura nº 4616CA200003 por importe de 6.564.464 ptas., correspondiente al 50% del coste de las obras de modificación de instalaciones telefónicas solicitadas por esa Conselleria con ocasión de la ejecución del Proyecto "41-V-727" Ronda de Sueca(Valencia).

En fecha 16 de marzo de 2000 el Procurador de los Tribunales D. Jesús Rivalla Carol, en representación de Telefónica de España, SA., interpuso el presente recurso contencioso administrativo contra la desestimación presunta por la Conselleria de Obras Públicas, Transportes y Urbanismo de la referida solicitud.

SEGUNDO

Sobre la obligación de la Administración prevista en el art. 4 del Decreto de 13 de mayo de 1954 de satisfacer el 50% de los gastos ocasionados por la modificación o traslado de las líneas telefónicas con cargo al presupuesto del servicio u obra pública que demande esa modificación o traslado se ha pronunciado reiteradamente el Tribunal Supremo. Así, la STS 3ª Sec. 3ª, de 20-04-1999 (rec.

10043/1991), tiene manifestado lo siguiente:

"Como síntesis de esta doctrina jurisprudencial , constante y reiterada, puede recordarse lo que se decía en la citada sentencia de esta Sala de 22 de octubre de...

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