STSJ Comunidad Valenciana , 10 de Enero de 2003

PonenteREMEDIOS SANCHEZ FERRIZ
ECLIES:TSJCV:2003:145
Número de Recurso687/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm: 687/99 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia, a diez de enero de dos mil tres.

La Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Don JOSÉ BELLMONT MORA., Presidente, D. FERNANDO NIETO MARTIN, y Dña. REMEDIO SANCHEZ FERRIZ, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUMERO 154/2003 En el recurso contencioso administrativo número 687 de 1999, interpuesto por la Procuradora D°.

María José Cervera García, en nombre y representación de Penélope , contra la resolución dictada por la CONSELLERÍA DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO Y TRANSPORTE de la Generalidad Valenciana en fecha 15 de febrero de 1999 por la que se desestima el recurso ordinario presentado contra la resolución del Director General de Arquitectura y Vivienda de 21.4.98, recaída en expediente de desahucio, habiendo sido parte en los autos la Administración demandada, asistida por el LETRADO DE LA GENERALITAT, y Ponente la Iltma. Sra. Dña. REMEDIO SANCHEZ FERRIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia declarando ser contrario a Derecho el acto recurrido.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia declarando la conformidad a Derecho del acto recurrido.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los Autos pendientes de votación y Fallo.

CUARTO

Se señalo la votación y fallo del recurso para el día 17 de diciembre de 2002, en cuya sesión tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, salvo la referida al plazo para dictar sentencia por el excesivo numero de asuntos que pesan sobre la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso administrativo la resolución dictada por la Consellería de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte de la Generalidad Valenciana en fecha 15 de febrero de 1999 por la que se desestima el recurso ordinario presentado contra la resolución del Director General de Arquitectura y Vivienda de 21.4.98, recaída en el expediente de desahucio administrativo, tramitado ante el reiterado impago de las cuotas asignadas y aceptadas por contrato de adquisición firmo con la Administración.

SEGUNDO

De la documentación obrante en los autos y en el expediente administrativo adjunto se desprende que todo el origen del presente litigio deriva del impago reiterado de las cuotas aunque afirma la recurrente la imposibilidad de hacerlas efectivas por haber dejado de emitirlas la Administración. En tal sentido, resulta determinante la consulta del expedite administrativo del que se desprenden los siguientes datos:

  1. Por contrato de 14.4.92, los esposos Lucio y Penélope , hoy recurrente, adquirieron del Instituto Valenciano de la Vivienda la que habitan y sobre la que recae el presente litigio.

  2. En él se fijaba la cantidad 1998 pesetas como cuota mensual y las consiguientes prescripciones para el caso de impago. En concreto, se detallan sus efectos en la estipulación IV en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR