STSJ Comunidad Valenciana , 17 de Junio de 2003

PonenteRAFAEL SALVADOR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:TSJCV:2003:5211
Número de Recurso162/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilmos. Sres:

Presidente:

D. MARIANO FERRANDO MARZAL Magistrados:

D. FRANCISCO HERVAS VERCHER D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA SENTENCIA NUMERO 922/03 En la Ciudad de Valencia, a diecisiete de Junio de dos mil tres.- VISTO, por la Sección Segunda de este Tribunal, el presente Recurso Contencioso-Administrativo num. 162/01, promovido por D. Jesus Miguel , contra la Resolución de 21/Noviembre/00, del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se le impone una sanción pecuniaria por extracción de tierras del término de Rafelbunyol, en el que han sido partes, el actor, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. María José Vivó Soriano, y defendida por la Letrada Dª. María Cristina Corell Cortina, y como demandada, la GENERALITAT, a través de sus propios servicios jurídicos; ha pronunciado la presente Sentencia.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el Recurso y seguidos los trámites previstos en la Ley, se emplazó a la parte demandante al objeto de que formalizara su escrito de demanda, lo que verificó en tiempo y forma, solicitando se dictara Sentencia anulando por no ser ajustado a derecho el acto recurrido.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que se solicitó la desestimación del recurso y la confirmación íntegra de las resoluciones objeto del mismo, por estimarlas ajustadas a derecho.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, quedaron los autos pendientes de deliberación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del presente Recurso el día cinco de los corrientes.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Constituye objeto de la presente fiscalización jurisdiccional la Resolución de 21/Noviembre/00, del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se le impone al recurrente una sanción pecuniaria en cuantía de 1.136.100-ptas, por llevar a cabo tareas de extracción y aprovechamiento de tierras en terrenos clasificados como Suelo No urbanizable Común, ubicados en el término de Rafelbunyol, sin la previa licencia municipal, infringiendo lo establecido al respecto en la Ley valenciana num. 4/92, de 5/Junio, de Suelo No Urbanizable.

El demandante, que no aduce razones de fondo frente a la sanción impuesta, esgrime, no obstante, dos argumentos procedimentales que a su juicio viciarían de nulidad la resolución del expediente sancionador, a saber: a) caducidad del procedimiento, y b) prescripción de la infracción. Analicemos, pues, dichos motivos impugnatorios.

SEGUNDO

Con invocación del plazo de caducidad de seis...

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