STSJ Comunidad Valenciana , 30 de Junio de 2003

PonenteSALVADOR DE BELLMONT Y MORA
ECLIES:TSJCV:2003:5722
Número de Recurso3096/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso número: 3096/97 S E N T E N C I A N º 910 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Iltmos. Sres.:

Presidente D. JOSE DIAZ DELGADO Magistrados D. SALVADOR BELLMONT Y MORA D. AGUSTIN GÓMEZ MORENO MORA En Valencia , a treinta de junio de dos mil tres Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 3096/97, promovido por el Letrado D. Jose Luis Martínez Galván , en nombre y representación de D. Rosendo , contra Acuerdo del AYUNTAMIENTO DE VALENCIA de fecha 25-7-97 por el que se aprueba el proyecto de reparcelación habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada por el Letrado del Ayuntamiento de Valencia, y codemandado " NUEVO CAMPANAR , S.A.", representada por la Procuradora Dª

Purificación Giner López.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba , se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones, y verificado quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día VEINTE DE JUNIO de dos mil tres.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales .

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. .D. SALVADOR BELLMONT Y MORA .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que constituye el objeto del presente recurso la impugnación que, por la parte actora se realiza , de la resolución de 25-7-97, del Ayuntamiento de Valencia por la que se aprueba el Proyecto de Reparcelación de la U.E. ,1 del P/P Sector S.V.P. nº 12 , del P.G.O.V. Valencia , Campanar Sur, por la "

Urbanizadora Nuevo Campanar, S.A.", alegando como motivos de tal impugnación, atacando, en primer lugar por vía indirecta, su precedente P.A.I., por falta de notificaciones pertinentes, y a continuación, la propia reparcelación, por excluir al Ayuntamiento de los costes de urbanización, cesión de unas parcelas a Hidroeléctrica y valoración de su parcela, al tiempo que la codemandada alega la inadmisibilidad del primer motivo.

SEGUNDO

Que en cuanto a esa inadmisibilidad del P.A.I. aprobado el 26-6-96, que se impugna por vía indirecta, siendo cierto que la aprobación del PAI citado no fue atacada por los recurrentes, deviniendo firme en su momento, no por ello deja de ser cuestionable indirectamente, a partir de los actos de ejecución o aplicación de los mismos, como sería el supuesto reparcelatorio de autos, en aplicación de los arts. 37.1 y 39.2 y 4 de la Ley de esta Jurisdicción.

Una reiterada jurisprudencia viene destacando la naturaleza normativa del planeamiento urbanístico (SSTS de 15 de junio, 6 de julio, 16 de noviembre y 21 de diciembre de 1987, 23 de septiembre, 7 de noviembre de 1988, 8 de abril de 1989, 16 y 30 de octubre de 1990); de donde deriva la plena posibilidad de una impugnación indirecta (SSTS 7 de febrero de 1987, 14 de marzo de 1988, 14 de febrero, 27 y 6 de noviembre de 1990), y ello no solo con...

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