STSJ Comunidad Valenciana , 30 de Abril de 2003

PonenteEDILBERTO JOSE NARBON LAINEZ
ECLIES:TSJCV:2003:3529
Número de Recurso424/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Abril de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TSJCV.

Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto n° "AP- 424/2002"

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, 30 de Abril de dos mil tres.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos Srs. D. JOSÉ BELLMONT MORA, Presidente, Dña. ROSARIO VIDAL MAS Y D. EDILBERTO JOSÉ NARBON LAINEZ, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 694/03 En el recurso de apelación tramitado con el rollo n° 424/02, en el que ha sido parte apelantes Ayuntamiento de Alpuente y Dª. Ángela representado por el Procurador D°/ª J. Antonio Ruiz Martín y asistido por el Letrado D°/ª. Enma Ramon el primero, representado por el Procurador Dª. Mª. del Mar Gullem Larredo y asistido por el Letrado D°. Enrique Climent Espinos el segundo y parte apelada D°/ª. Jose Antonio , representado por el Procurador D°/ª Javier Roldan García, y representado por el Letrado D°/ª. J. Ignacio Martínez Sendra, siendo el Magistrado Ponente el Iltmo Sr. D°.- EDILBERTO JOSÉ NARBON LAINEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos de recurso contencioso administrativo seguido ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 2 de Valencia, con el n° 302/01, se dicta Sentencia de fecha 2 de julio de 2002 en cuya parte dispositiva se dice " Estimo parcialmente el recurso contencioso Administrativo interpuesto por Jose Antonio administrativo contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de revisión interpuesto por el actor en fecha 4.9.00, contra el acuerdo de la Comisición Territorial de Urbanismo de Valencia de fecha 17.9.98, concediendo Autorización Previa al expediente n° 980597 instado por Ángela para la construcción de una granja porcina en Alpuente, declarando 1.- La admisión del recurso de revisión interpuesto por el actor contra el acuerdo de la Comisición territorial de Urbanismo de fecha 17.9.98. 2°.- La revocación del acuerdo de la Comisición Territorial de Urbanismo de fecha 17.9.98. dictado pro el Subsecretario de Urbanismo y Ordenación Territorial en el expediente 980537, autorizando la construcción de granja porcina, promovida pro Ángela . 3.- La condena al pago de las costas causadas al actor pro la administración demandada y del demandado".

SEGUNDO

Contra esta resolución se interpose recurso de apelación por el Ayuntamiento de Alpuente y por D°.- Ángela , del cual e da traslado a la contratare que se opone al mismo.

TERCERO

Por Providencia de fecha 3 de octubre de 2002, se elevan los indicados autos a este Tribunal, y una vez recibidos y formado el correspondiente rolo se señala para la votación y fallo el día 5 de marzo de 2003.

CUARTO

Se han cumplido en ambas instancias todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso de apelación AYUNTAMIENTO DE ALPUENTE y D. Baltasar interpone recurso contra " Sentencia 186/2002, dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo n°

Dos de Valencia, que estima parcialmente el recurso de D. Jose Antonio contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de revisión contra acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia 17.9.1998 concediendo autorización previa al expediente n° 980537 instado por el Sr. Baltasar para la construcción de una granja porcina en Alpuente, admite el recurso de revisión y, entrando en el fondo acuerda la revocación del acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia y autorización de la granja porcina.

SEGUNDO

Dos son los problemas básicos que estudia la sentencia y son objeto del presente recurso de apelación:

a)El recurso de revisión que se interpuso en vía administrativa, siendo denegado por la Administración b)Estimado por la sentencia del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo el recurso de revisión el análisis de fondo de la situación que se aplanteo en vía administrativa.

Para analizar la filosofía del recurso de revisión se debe partir del...

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