STSJ Cataluña , 11 de Junio de 2003
Ponente | MARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA |
ECLI | ES:TSJCAT:2003:7125 |
Número de Recurso | 622/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 11 de Junio de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso n°. 622/02 Partes: D. Ernesto C/ AYUNTAMIENTO DE SANT GUIM DE FREIXENET SENTENCIA N°.807 Ilmos. Sres.
PRESIDENTE D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS Dª Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a once de junio de dos mil tres.
VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°. 622/02, interpuesto por D. Ernesto , representado por el Procurador D. Carlos Testor Ibarz y asistido por Letrado, contra el AYUNTAMIENTO DE SANT GUIM DE FREIXENET, representado por el Procurador D. Santiago Puig de la Bellacasa Vandellós y asistido por el Letrado D. Simeó Miquel Roé. Ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA, quien expresa el parecer de la SALA.
El citado Procurador, en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acuerdo de la Comisión Municipal de Gobierno del Ayuntamiento de Sant Guim de Freixenet de fecha 4-1-01 resolviendo recurso de reposición.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la LEC., se señaló a efectos de votación y fallo la audiencia del día veintiuno de mayo del año en curso.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo en el plazo para dictar sentencia.
Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de D. Ernesto , el Acuerdo de la Comisión Municipal de Gobierno del AJUNTAMENT DE SANT GUIM DE FREIXENET de 4 de enero de 2001 por el que se desestimó el recurso de reposición interpuesto por el recurrente contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento demandado de 10 de noviembre de 2000 por el que se aprobó...
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