STSJ Comunidad de Madrid 479/2006, 21 de Febrero de 2006

PonenteMIGUEL ANGEL GARCIA ALONSO
ECLIES:TSJM:2006:11528
Número de Recurso186/2003
Número de Resolución479/2006
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZ ELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTI SANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGO MIGUEL ANGEL GARCIA ALONSO FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS MARCIAL VIÑOLY PALOP

T.S.J. MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00479/2006

RECURSO 186/2003

SENTENCIA NUMERO 479

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SEGUNDA

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Ilustrísimos Señores:

Presidente:

D. Juan Fco López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

Dª Elvira Adoración Rodríguez Martí

Dª Sandra González de Lara Mingo

D. Miguel Angel García Alonso

D. Francisco Javier Canabal Conejos

D. Marcial Viñoly Palop

En la Villa de Madrid a veintiuno de febrero de dos mil seis.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos del recurso Contencioso-Administrativo número 186/2003, interpuesto por la entidad Promociones y Construcciones PYC Pryconsa, S.A., representada por el Procurador D. Francisco de las Alas-Pumariño Miranda, contra el decreto de fecha 19 de julio de 2002 del Gerente Municipal de Urbanismo que monetarizó el contenido de la obligación derivada del Convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Madrid, Infoinvest y la Comunidad de Madrid de 26 d mayo de 1.995 relativa a la rehabilitación de las piscinas ubicadas en la Ciudad Deportiva Pegaso. Siendo parte demandada el Ayuntamiento de Madrid, estando representado por el Procurador D. Luis Fernando Granados Bravo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó demanda, en la que tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando Sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada, anulando el acto administrativo recurrido. Solicitando el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador de la parte demanda, para contestación a la demanda, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida. Por providencia de 17 de febrero de 2005 se acordó emplazar a la Comunidad de Madrid, para que pudiera personarse y contestar a la demanda, presentando escrito de 25 de abril de 2005, expresando su no interés en personarse, y mantener posición procesal concreta.

TERCERO

Que habiéndose recibido el pleito a prueba, y evacuado el trámite de conclusiones prevenido por la Ley, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado señalándose para la deliberación, votación y fallo el día veintiuno de febrero de dos mil seis, a las 10,00 horas de su mañana en que tuvo lugar.

QUINTO

Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Miguel Angel García Alonso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del recurso el Decreto de fecha 19 de julio de 2002 del Gerente Municipal de Urbanismo que monetarizó el contenido de la obligación derivada del Convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Madrid, Infoinvest y la Comunidad de Madrid de 26 de mayo de 1.995 relativa a la rehabilitación de las piscinas ubicadas en la Ciudad Deportiva Pegaso. El citado Decreto requirió a Pryconsa (subrogado en la posición de Infoinvest), para que presentase un proyecto técnico para la construcción de unas piscinas cubiertas en la Ciudad Deportiva Pegaso, y a los efectos de garantizar el cumplimiento de la obligación, el Ayuntamiento exigió al recurrente un aval por 145.284,9 €, así como el ingreso de 1.973.201,3 €, importe en que se valoró la ejecución de la...

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