STSJ Comunidad de Madrid , 27 de Julio de 2004

PonenteENRIQUE CALDERON DE LA IGLESIA
ECLIES:TSJM:2004:10564
Número de Recurso486/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2 MADRID SENTENCIA: 01265/2004 Recurso 486/00 SENTENCIA NUMERO 1265 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez Magistrados:

Miguel Angel García Alonso.

Dña. Sandra González de Lara Mingo.

D. Francisco Javier Canabal Conejos.

D. Enrique Calderón de la Iglesia.

En la Villa de Madrid, a 27 de Julio de 2.004 Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 486/2000 interpuesto por Junta de Compensación del Sector Urbanizable nº 9 "Suertes Nuevas" de Collado Villalba representada por el Procurador Sr. Sánchez-Puelles González-Carvajal contra la desestimación presunta por parte del Ayuntamiento de Collado Villalba de la solicitud de 29 de Octubre de 1999; siendo parte demandada el Ayuntamiento de Collado Villalba representado por el Procurador Sr. Granizo Palomeque.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de 27 de Noviembre de 2.001, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba del presente recurso.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación de la parte demandada, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 4 de Enero de 2.002 en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que por auto de fecha 20 de Marzo de 2.002 se acordó recibir a prueba el presente recurso por término de quince días para proponer y otros treinta días para practicar la prueba una vez resuelto sobre su admisión y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de diez días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y fallo del presente recurso el día 20 de Julio de 2.004 a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilustrísimo Señor Don Enrique Calderón de la Iglesia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la Junta de Compensación del Sector Urbanizable nº 9 "Suertes Nuevas" de Collado Villalba, interpuso el presente recurso contra la desestimación presunta por el Ayuntamiento de dicho municipio de la solicitud de 29 de Octubre de 1999 de revisión de oficio de la nulidad del Decreto del Alcalde de 22 de Noviembre de 1994 por el que resolvió suspender las Obras de Urbanización llevadas a cabo en dicho Sector por inmobiliaria Alcázar para las que no poseen la correspondiente licencia.

Expone la demandante que dicha Junta de Compensación está integrada por diversos propietarios, entre ellos Inmobiliaria Alcázar, y que previamente el 20 de julio de 1990 la Consejería de Política Territorial aprobó el proyecto de Urbanización y los Estatutos de la Junta, presentándose el proyecto de compensación. Después de terminada la primera fase de las obras de urbanización se incoó expediente por incumplimiento de obligaciones en el Sector Urbanizable 9, y el Ayuntamiento, por resolución del Alcalde paralizó las...

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