STSJ La Rioja , 16 de Octubre de 2002
Ponente | JESUS MIGUEL ESCANILLA PALLAS |
ECLI | ES:TSJLR:2002:739 |
Número de Recurso | 207/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 16 de Octubre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
En la ciudad de Logroño a 16 de octubre de 2002 La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, compuesta por los magistrados Ilmos Srs. D. José Félix Méndez Canseco, que la preside, D. Jesús Miguel Escanilla Pallás y D. José Luis Díaz Roldán, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D. Jesús Miguel Escanilla Pallás, la siguiente:
SENTENCIA Nº 433 Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso -administrativo sustanciado en esta sala bajo el número 207/2001 y tramitado conforme a las reglas del procedimiento ordinario, a instancia de D. Luis , representado por su procurador D. Francisco Javier García Aparicio y asistido por su Letrado D. Alfonso López Villaluenga, siendo demandada la CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y DESARROLLO RURAL DEL GOBIERNO DE LA RIOJA, representado y defendido por el letrado de Gobierno, recurso cuya cuantía se estimó Indeterminada.
I.
Mediante escrito presentado el día 25 de abril de 2001 se interpuso ante esta Sala y en nombre de D. Luis , recurso contencioso-administrativo contra Resolución de la Consejería de Agricultura de 5 de marzo de 2001, desestimatoria de recurso ordinario de revisión contra acuerdo del Director General de Agricultura de 31 de julio de 2000, denegando la solicitud de nueva plantación de viñedos.
Admitido a trámite dicho recurso, se recabó, el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual se confirió traslado a la parte recurrente para que fomulara la demanda, como así lo hizo mediante escrito presentado el día 10 de octubre de 2001, exponiendo en él las hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que reputaba aplicables al mismo, para terminar con unos pedimentos del tenor literal siguiente: "SUPLICO se dicte sentencia por la que se anule la resolución del director general de Agricultura de 31 de julio de 20000 y se conceda al demandante derecho de reparto de nueva plantación de viñedo, con imposición de costas".
Trasladada la demanda al representante procesal de la Administración demandada, evacuó el trámite de contestación, oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendió oportunos, y solicitando finalmente la desestimación de la misma.
Recibido el pleito a prueba, se unió a los autos la practicada, tras lo cual se acordó la presentación de conclusiones escritas que fueron formuladas, en su momento, por las partes, señalándose, para votación y fallo del asunto el día 15 de octubre de 2002, en que se reunió al efecto, la Sala.- QUINTO.- En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.
II.-
.- PRIMERO.- Es objeto de impugnación en el presente proceso Resolución de la Consejería de Agricultura de 5 de marzo de 2001, desestimatoria de recurso...
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