STSJ Canarias , 21 de Noviembre de 2002
Ponente | LUIS HELMUTH MOYA MEYER |
ECLI | ES:TSJICAN:2002:3060 |
Número de Recurso | 662/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SANTA CRUZ DE TENERIFE SENTENCIA NÚM. 1109 Recurso núm. 662/2000 Iltmos. Sres:
PRESIDENTE Don Antonio Giralda Brito MAGISTRADOS Don Pedro Hernández Cordobés Don Helmuth Moya Meyer En Santa Cruz de Tenerife, a veintiuno de Noviembre del dos mil dos. VISTO, en nombre del Rey por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife el presente recurso interpuesto a nombre de don Rosendo y otro representados por la Procuradora doña María de la Paloma Aguirre López, contra la Ordenanza Reguladora del Servicio y Actividad del Mercadillo Municipal, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de 12 de mayo del 2000, habiéndose personado el Ayuntamiento de La Matanza, defendido por el Letrado Sr. Sánchez del Río y del Campo, siendo Ponente de esta sentencia el Iltmo. Sr. Magistrado don Helmuth Moya Meyer.
Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala el 10 de julio del 2000. Admitido a trámite se reclamó el expediente administrativo.
El recurrente formalizó demanda en la que solicitó se declare la nulidad del acto recurrido por no ser conforme a derecho, ya que la Ordenanza ha sido aprobada por la Comisión de Gobierno, sin intervención alguna del Pleno.
La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a la misma y pidiendo la inadmisión del recurso, y, subsidiariamente la desestimación del mismo.
Recibido el juicio a prueba se practicó la propuesta y admitida, con el resultado que obra en autos. Las partes presentaron escrito de conclusiones y se señaló día para la votación y fallo.
Se han observado los preceptos legales que regulan la tramitación del proceso contencioso-administrativo.
El recurso se interpone contra la Ordenanza Reguladora del Servicio y Actividad del Mercadillo Municipal, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de 12 de mayo del 2000.
La Administración demandada alega temerariamente que se impugna un acto de trámite, afirmando que se publica únicamente el acuerdo de aprobación inicial de la Ordenanza dictado por la Comisión de Gobierno. Sin embargo es claro que lo que se publica es la disposición general definitiva, lo que se desprende del encabezado siguiente: "en cumplimiento de lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, una vez transcurrido el período de exposición pública, se procede a la publicación del texto íntegro de la Ordenanza reguladora del Servicio y Actividad del Mercadillo Municipal,...
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