STSJ Comunidad Valenciana , 24 de Septiembre de 2001

PonenteSALVADOR DE BELLMONT Y MORA
ECLIES:TSJCV:2001:7793
Número de Recurso456/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Rº núm.: 456/98 S E N T E N C I A N º 1041 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Iltmos. Sres.:

Presidente D. JOSE DIAZ DELGADO Magistrados D. SALVADOR BELLMONT Y MORA D. LUIS MANGLANO SADA En Valencia , a veinticuatro de septiembre de dos mil uno. Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Triibunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 456/98, promovido por el Letrado Tomás Montesinos Aracil en nombre y representación de Jose Pedro y otros, contra denegación presunta de reposición formulada en 5-8-97 ante Ayuntamiento de Bihar contra liquidaciones giradas en expdte. nº 24 a 104/97 ambas inclusives, sobre impuesto municipal por incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada por el Letrado de la Diputación de Alicante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiendose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el art. 78 de la Ley de la Jurisdicción, y verificado quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día catorce de septiembre del corriente año, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales .

VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente el Magistrado Ponente Ilmo Sr. D. SALVADOR BELLMONT Y MORA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que constituye el objeto del presente recurso, la impugnación que, por la parte actora se realiza de las liquidaciones nº 24 a 104/97, en concepto de Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que se le giran por el Ayuntamiento de Biar, liquidaciones contra las que, en su día interpuso recurso de reposición, que no resultó resuelto, acudiendo al presente recurso jurisdiccional por entender desestimado aquel por silencio administrativo, frente a lo que, por la Administración demandada, se alega, en primer lugar la inadmisibilidad del mismo, por considerar no ha resultado agotada la vía administrativa por cuanto no se procedió a solicitar, conforme previene el art. 44 de la L. 30/92, la certificación de acto presunto, sin embargo, como tiene declarado el TS, en Sentencias como la de 26-2-96, el vicio de la falta del certificado de acto presunto es puramente formal, y tiene carácter subsanable, y en cuanto tal, no lo considera de suficiente entidad para provocar la inadmisibilidad del recurso, tanto más cuanto desde la L. 4/99, que modifica la L....

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