STSJ Comunidad de Madrid 493/2006, 23 de Marzo de 2006

PonenteRAMON VERON OLARTE
ECLIES:TSJM:2006:5207
Número de Recurso919/2001
Número de Resolución493/2006
Fecha de Resolución23 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

RAMON VERON OLARTEANGELES HUET DE SANDEJUAN MIGUEL MASSIGOGE BENEGIUBERTA MARIA SANTILLAN PEDROSAJOSE LUIS QUESADA VAREAMARGARITA ENCARNACION PAZOS PITAJUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 00493/2006

S E N T E N C I A Nº 493

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN NOVENA

Ilmos. Sres.:

Presidente:

Don Ramón Verón Olarte

Magistrados:

Dª. Angeles Huet Sande

Juan Miguel Massigoge Benegiu.

Dª. Berta Santillán Pedrosa.

José Luis Quesada Varea.

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano.

En la Villa de Madrid a veintitrés de marzo del año dos mil seis.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el presente recurso contencioso administrativo nº 919/01, interpuesto la Procuradora de los Tribunales Sra. Sánchez Vera y Gómez Trelles, en nombre y representación de doña Mercedes , contra la resolución del Director General de Personal (Subdirector General de Personal y Pensiones Militares) de fecha 19 de julio de 2001 confirmada en vía de recurso ordinario por acuerdo del Ministro de Defensa de fecha 28 de septiembre de 2001; habiendo sido parte la Administración demandada representada por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos en la ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia en la que se confirme la resolución recurrida por encontrarse ajustada a derecho.

TERCERO

No habiéndose recibido el presente proceso a prueba, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

En este estado se señala para votación el día 21 de marzo de 2006, teniendo lugar así.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Ramón Verón Olarte.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

A través del presente recurso la Procuradora de los Tribunales Sra. Sánchez Vera y Gómez Trelles, en nombre y representación de doña Mercedes , impugna la resolución del Director General de Personal (Subdirector General de Personal y Pensiones Militares) de fecha 19 de julio de 2001 confirmada en vía de recurso ordinario por acuerdo del Ministro de Defensa de fecha 28 de septiembre de 2001, por las que se deniega la pensión de orfandad solicitada por la actora.

Segundo

La resolución del presente litigio requiere el análisis de los siguientes hechos, deducidos de las alegaciones de las partes y del expediente remitido por la Administración:

  1. La recurrente era hija de Don Jorge fallecido en 1936.

  2. En el momento de su muerte el causante estaba casado con doña Carina , que falleció el 15 de abril de 2001.

  3. La actora enviudó el 24 de mayo de 1985.

Tercero

Tras la entrada en vigor de la Ley 13/96 , la inexistencia de derecho a la pensión de orfandad por parte de la reclamante resulta evidente por lo que no resulta necesario el análisis de la...

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