STSJ Andalucía , 27 de Octubre de 2000

PonenteFRANCISCO JAVIER VELA TORRES
ECLIES:TSJAND:2000:15950
Número de Recurso913/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo de Suplicación nº: 913/00 Sentencia nº : 1821/00 Presidente Ilmo. Sr. D. ANTONIO NAVAS GALISTEO Magistrados Ilmo. Sr. D. LUIS JACINTO MAQUEDA ABREU Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES En Málaga a veintisiete de octubre de dos mil. La Sala de lo Social en Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de Suplicación interpuesto por Luis Carlos contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número tres de Málaga, ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. FRANCISCO JAVIER VELA TORRES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Luis Carlos sobre derechos siendo demandado Consorcio Orquesta Ciudad de Málaga habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 3 de marzo de 2000 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. ).- El actor, Don Luis Carlos , mayor de edad y domiciliado en Málaga, inició su relación laboral con la Orquesta Sinfónica "Ciudad de Málaga"el día 1 de enero de 1991, mediante la suscripción por las partes el día 20 de diciembre de 1990, del contrato que fue prorrogado y posteriormente convertido en indefinido y que obra en autos (documento número 1 del ramo de prueba de la parte demandada) y se da por reproducido para su íntegra constancia, ostentando la Categoría profesional de "Violín Tutti".

  2. ).- Desde el inicio de su relación laboral indefinida de carácter especial (es decir, desde el 1 de enero de 1991) el actor venía desempeñando su función de Profesor de Orquesta "Violín Tutti" como uno de los Primeros violines. El dia 2 de noviembre de 1999, fecha en la que la Orquesta no contaba con DIRECCION000 , la Concertino de la Orquesta, previa consulta con el Director- Gerente del Consorcio, adoptó la decisión de cambiar la función del actor a la de uno de los Segundos violines. Previamente, al contar la Orquesta con dos solistas (en vez de uno) de segundos violines se efectuaron unas pruebas entre el solista de primeros violines y dos solistas de segundos violines para excluir a uno de los tres del puesto de solista, quedando excluida una de las solistas de segundos violines; la Concertino consideró conveniente que esta señora pasase a ejercer su función como primer violín, con lo que había de pasar a uno de los primeros violines a segundo violín, por lo que reunió a todos los primeros violines para indagar si alguno de ellos quería pasar voluntariamente a segundo violín, obteniendo una respuesta negativa, ante lo que fue la propia Concertino quien eligió a uno de los primeros violínes, el actor, para el citado cambio de función.

  3. ).- El actor presentó su reclamación previa el día 12 de noviembre de 1999, reclamación que no ha sido objeto de Resolución expresa (aunque el 16 de noviembre de 1999 se dirigió al actor una carta de contestación en la que se accedía a la petición del actor de que se reuniera la Comisión Artística para tratar de la cuestión planteada, si bien dilatando esta reunión hasta el 24 de enero del 2000 con el fin de contar con la presencia del nuevo DIRECCION000 de la Orquesta, Sr. Jorge , comunicándose al actor en nueva carta de 27 de diciembre de 1999 que, ante el planteamiento jurisdiccional de la cuestión, se consideraba ya innecesaria la constitución de la Comisión Artística, por haber de estarse a la resolución del pleito).

  4. ).- El 23 de diciembre de 1999 se celebró sin avenencia acto de conciliación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR