STSJ Canarias , 10 de Febrero de 2003

PonenteJOSE MANUEL CELADA ALONSO
ECLIES:TSJICAN:2003:432
Número de Recurso559/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Social

RECURSO NUMERO: 559/02 ILMO. SR. PRESIDENTE:

DON.JOSE MARIA DEL CAMPO Y CULLEN.

ILTMO. SRES. NAGISTRADOS:

DON JOSE MANUEL CELADA ALONSO.

Dª Mª CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA.

1 En Santa Cruz de Tenerife, a diez de febrero de dos mil tres.

La Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 559/02, interpuesto por Amanda , frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 1 en los Autos R.- 1003/01 en reclamación de RECONOCIMIENTO DE DERECHO Y CANTIDAD, ha sido Ponente el ILTMO. SR. DON JOSE MANUEL CELADA ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Amanda , en reclamación de RECONOCIMIENTO DE DERECHO Y CANTIDAD siendo demandado ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTONOMA (CONSEJERIA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES) y celebrado juicio y dictada Sentencia, el dia 5-6-02, por el Juzgado de referencia, con carácter desestimatoria de la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

La actora viene pretando sus servicios para la Consejería demandada con la antiguedad de 10.8.95, categoría de auxiliar administrativo (grupo V del Convenio Colectivo) y salario de 189.000 ptas mes prorrateadas, en el centro de trabajo de la Dirección General de Servicios Sociales, servicio de Gestión de Pensiones y Ayudas de Integración de la Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.-

SEGUNDO

Desde agosto de 1995 viene desempeñando las siguientes funciones bajo la dirección del Jefe de Servicio, que por ser muy extensa su redacción, se dan aquí por reproducida y constar en la sentencia de instancia, unida al rollo.- TERCERO.- En la Orden 8.6.99 por la que se convoca procedimeinto selectivo para adquirir la condició nde personal fijo en los puestos vacantes del Grupo V sujetos a régimen jurídico laboral en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, se definen las funciones del puesto de Auxiliar Administrativo qeu viene ocupando la actora (N.....R.P.T. NUM000) como las siguientes: Altas y bajas de expediente en nómina por traslado intersado otras provincia.- VAriación en nómina (cambio domicilio, cambio datos bancarios).- Carga en informatriva de recibos impagados.- Impresión de certificaciones.- Rectificación de errores en grabación en nómica.- Variación de guardador de hecho, representantes elgales en nóminas.- Función administrativas de apoyo a la Jefa de Sección.- CUARTO,.- Se ha agortado la vía previa.

TERCERO

Que por el Juzgado de lo Social núm. 1, se dictó Sentencia, cuyo Fallo literal dice:

"Desestimo la demanda interpuesta por DOÑA Amanda contra la ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTONOMA (CONSEJERIA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES) a la ue absuelvo de las pretensiones deducidas en su contra en la demanda"×

CUARTO

Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte actora, siendo impugnado de contrario por la parte demandada. Recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente, señalándose para los actos de votación y fallo el próximo día 03-02-03.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO...

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