STSJ Comunidad de Madrid , 3 de Abril de 2001

ECLIES:TSJM:2001:4632
Número de Recurso1205/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA MADRID Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Primera RECURSO 1205/97 SENTENCIA NUMERO 559 ILMO. SR. MAGISTRADO D. Miguel López Muñiz Goñi En Madrid, a tres de abril de dos mil uno. VISTOS por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por el Ilmo. Sr. Magistrado que figura en el encabezamiento de esta sentencia, en virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Unica de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los autos del recurso contencioso- administrativo número 1205/97, interpuesto por el Letrado Sr. De Diego Gamarra, en nombre y representación de don Fidel , CONTRA la resolución de 4 de marzo de 1997 del Director General de Tráfico por la que se desestima el recurso ordinario interpuesto contra la resolución de 25 de enero de 1996 del Delegado del Gobierno en Madrid, SOBRE sanción de 250.000 pesetas por infracción del Reglamento de Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, habiendo sido PARTE DEMANDADA la Dirección General de Tráfico, representada por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y previos los oportunos trámites de publicidad legal y reclamación del expediente administrativo, se confirió traslado a la parte actora por término de veinte días para formalizar la demanda, lo que verificó mediante el oportuno escrito, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó solicitando el dictado de sentencia estimatoria del recurso.

SEGUNDO

Así mismo, la parte demandada, una vez le fue conferido el trámite pertinente para contestar la demanda, presentó su escrito en el que, alegando los hechos que estimó oportunos y los fundamentos de derecho correspondientes, solicitó se dictara sentencia desestimando la pretensión formulada por la parte actora.

TERCERO

Por auto de 29 de julio de 1998 se acordó recibir a prueba este recurso, practicándose las que la Sala estimó oportuno, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones, y tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para fallo el 27 de marzo de 2001, a las 10,30 horas, lo que tuvo lugar en su momento.

CUARTO

En la tramitación de este recurso se han cumplido las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS De los datos obrantes en el expediente, así como de las alegaciones formuladas por las partes y pruebas practicadas en el curso de las presentes actuaciones, resultan probados los siguientes hechos con relevancia para dictar la resolución que nos ocupa:

PRIMERO

El 7 de agosto de 1995 se formuló denuncia contra el conductor de la furgoneta Mercedes Benz matrícula Y-....-YD por transportar botellas de oxígeno, mercancía clase 2, apartado 1.A), por la carretera N. VI, kilómetro 40, con dirección a Collado Villalba, careciendo de extintor.

Copia de esta denuncia fue entregada en el...

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