STSJ Asturias , 19 de Febrero de 2001

PonenteJOSE MANUEL GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2001:846
Número de Recurso1920/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 PLAZA PORLIER, S/N Número de Identificación único: 33000 3 0100271 /2001 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1920 /1997 Sobre INFRACCIONES Y SANCIONES De D/ña. BANCO EXTERIOR DE ESPAÑA, S. A. Procurador/a Sr/a. GUSTAVO MARTINEZ MENDEZ Contra D/ña. MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES ABOGADO DEL ESTADO SENTENCIA n° 124 Ilmos. Sres. Presidente:

D. José Antonio Morilla García Cernuda Magistrados:

D. Rafael Fonseca González D. José Manuel González Rodríguez En Oviedo, a diecinueve de febrero de dos mil uno. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1920 de 1997, interpuesto por el BANCO EXTERIOR DE ESPAÑA, S. A., representado por el Procurador D. Gustavo Martínez Méndez y dirigido por la Letrada Dª. María José Cosmea Rodríguez, contra el MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES, representado y dirigido por el Sr. Abogado del Estado, versando el recurso sobre resolución de fecha 24 de junio de 1997 que confirmó la de fecha 5 de marzo de 1997 de la Dirección Provincial de Trabajo de Asturias confirmatoria a su vez del Acta de Infracción n° 1597/96 que le impuso una sanción de 50.000 pesetas. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. José Manuel González Rodríguez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOE de la Provincia y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia, por la que estimando el recurso, se deje sin efecto la resolución recurrida por no ser conforme a derecho declarando no haber lugar a sanción alguna. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte...

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