STSJ Galicia , 10 de Julio de 2002

PonenteMARIA DOLORES GALINDO GIL
ECLIES:TSJGAL:2002:5012
Número de Recurso33/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0000033 /2000 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Nº 1268/2002 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

Dª. MARIA DOLORES GALINDO GIL. En la Ciudad de A Coruña, a diez de julio de dos Mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0000033 /2000, pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Lucio , Funcionario, que actúa en su propio nombre y derecho, contra Resolución del Director General de la Policía de fecha 21.10.99 sobre denegación de modificación del vigente Catálogo de Puestos de Trabajo y otros extremos. Es parte como demandada LA ADMINISTRACION, representada y dirigida por el SR. ABOGADO DEL ESTADO; siendo la cuantia del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: Por Orden del Ministerio del Interior de 11 de diciembre de 1998, la Comisaría de Santiago de Compostela, que hasta entonces pertenecía al Grupo 2º de las Comisarías Locales, pasa a ser incluida en el Grupo 1º de las Comisarías Locales.- Dado que dicha reclasificación no trajo consigo ni el cambio en la estructura orgánica de la Comisaría ni la adaptación de los antiguos puestos de trabajo, el recurrente elevó instancia a la D. G. de la Policía solicitando ambos cambios.- Dicha solicitud fue desestimada por la resolución que ahora se recurre.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda al SR. ABOGADO DEL ESTADO, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Declarado concluso el debate escrito se dejan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente la Iltma. Sra. DOÑA MARIA DOLORES GALINDO GIL.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Don Lucio impugna en esta vía jurisdiccional la resolución de la Dirección General de la Policía, de fecha 21 de octubre de 1999, desestimatoria de petición del actor relativa a la modificación del catálogo de puestos de trabajo y reclasificación del por él ocupado, en atención a la Orden de 11 de diciembre de 1998, por la que se incluye a la Comisaría de Policía de Santiago de Compostela entre las Comisarías Locales del Grupo 1°.

SEGUNDO

El actor considera que la reclasificación mencionada tenía que haberse traducido en una modificación de la estructura orgánica de la Comisaría compostelana donde cumple destino,...

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