STSJ La Rioja , 18 de Febrero de 2000

PonenteVALENTIN DE LA IGLESIA DUARTE
ECLIES:TSJLR:2000:144
Número de Recurso886/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

En Logroño a Dieciocho de Febrero de dos Mil. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Srs. D. Valentín de la Iglesia Duarte, que la preside, y D. Jesús Miguel Escanilla Pallás, y completada por el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Luis Díaz Roldán, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D. Valentín de la Iglesia Duarte, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº(92)

Vistos los autos correspondientes al recurso contencioso-administrativo sustanciado en esta Sala bajo el número 886/1998 y tramitado con arreglo a las normas del procedimiento especial en materia de personal, a instancia de D. Ismael , funcionario que postula por sí mismo, siendo demandado el MINISTERIO DE DEFENSA, representado y defendido, a su vez, por el SR. ABOGADO DEL ESTADO; recurso cuya cuantía se consideró Indeterminada.

I/

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado el 26 de Octubre de 1998 se interpuso ante esta Sala y a nombre de D. Ismael recurso contencioso-administrativo contra Resolución del Excmo. Sr. Teniente General Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra, de fecha 3 de Septiembre de 1998, dictada en expediente Nº

560/ RR 38808, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra resolución del General Director de Gestión de Personal de 21 de Mayo de 1998, por la que se le desestima su solicitud de anotación en su Hoja de Servicios de la calificación de "valor acreditado".

SEGUNDO

Inicialmente admitido a trámite dicho recurso, se publicó el preceptivo anuncio general y se recabó el correspondiente expediente administrativo, recibido el cual, se confirió traslado a la parte recurrente para que formulara su demanda, como así lo hizo mediante escrito presentado el 19 de Mayo de 1999, exponiendo en él los hechos propios del caso y articulando los fundamentos jurídicos que reputaba aplicables al mismo, para terminar con unos pedimentos del tenor literal siguiente: "SUPLICO: dicte sentencia por la que se proceda a reconocer al actor el derecho a que por la Administración demandada se le anote el concepto de "valor acreditado" en su hoja de servicios.

TERCERO

Trasladada la demanda al representante procesal de la Administración demandada, evacuó el trámite de contestación, oponiéndose a ella en los términos de hecho y de derecho que entendio oportunos, y solicitando finalmente la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, se unió a los autos la practicada, tras lo cual se señaló, para votación y fallo del asunto, el día 18 de Febrero de 2000, en que se reunió, al efecto, la Sala.

QUINTO

En la tramitación del proceso se han observado las prescripciones legales.

II/

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor, Alférez del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra, especializado como Artificiero Preferente, impugna en el presente recurso contencioso-administrativo la resolución del Mando, confirmada en vía de recurso administrativo ordinario, por la que se desestimó su solicitud de que le fuera anotada en el apartado 2.51, de su Hoja de Servicios la mención de "Valor Acreditado", sustituyendo la de "valor se le supone" que en ella figura, pretendiéndose en la demanda el reconocimiento jurisdiccional de tal anotación como derecho personal del recurrente.

SEGUNDO

Fundamenta tal...

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