STSJ Galicia , 3 de Octubre de 2001

PonenteMARIA DOLORES GALINDO GIL
ECLIES:TSJGAL:2001:6850
Número de Recurso628/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

01 /0000628 /1998 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 1080 2001 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. FERNANDOS SEOANE PESQUEIRA.

Dª. MARIA DOLORES GALINDO GIL. En la Ciudad de A Coruña, a tres de octubre de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01 /0000628 /1998, pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Esperanza , representada y dirigida por el Abogado D. FERNANDO ESCARIZ FERNANDEZ, contra resolución de 09 /03 /1998 de la Dirección General de Personal de la Conselleria de Educación y ordenación Universitaria sobre reclamación relativa a la integración como funcionaría perteneciente a los equipos psicopedagógicos. Es parte como demandada LA ADMINISTRACION AUTONOMICA, representada y dirigida por el LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: La recurrente es funcionaria de carrera, perteneciente al cuerpo de profesores de E. G. B., con destino actual en la plaza de audición y lenguaje del Equipo Psicopedagógico de Lalín. - Una vez transferidas a la Comunidad Autonoma de Galicia las competencias en materia de educación, la Xunta de Galicia reiteró la provisión de plazas, estableciendo las bases y requisitos de acceso previstos en la Orden estatal de 30 de abril de 1997. - La orden de 16 de diciembre de 1991 resuelve el antedicho concurso, la recurrente solicitó su integración permanente como funcionaria perteneciente a los referidos Equipos Psicopedagógicos de Apoyo en la Comunidad Autónoma y por la resolución que ahora se recurre fue desestimada su solicitud. - Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, anulando la resolución recurrida y reconociendo el derecho de la recurrente a la integración solicitada.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda al LETRADO DE LA XUNTA, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Recibido a prueba el recurso, se admitió la practicada con el resultado que obra en autos y declarado concluso el debate escrito se dejan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Que en la substanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente la Iltma. Sra. DOÑA MARIA DOLORES GALINDO GIL.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso contencioso- administrativo se dirige contra la Resolución de la Dirección General de Personal de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de fecha 9 de marzo de 1998 desestimatoria de la reclamación deducida el día 16 de febrero relativa a la integración de la actora de forma permanente como funcionaria perteneciente a los Equipos Psicopedagógicos de Apoyo de la Comunidad Autónoma de Galicia, en plaza de audición y lenguaje, con clasificación correspondiente al Grupo A y derecho a la percepción del complemento de destino de nivel 24.

SEGUNDO

La recurrente, funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de Educación General Básica (EGB) con destino en plaza de audición y lenguaje del Equipo Psicopedagógico de Lalín que ocupa en comisión de servicios, en apoyo de su pretensión alega que los Equipos Psicopedagógicos de Apoyo, creados por Orden de la Consellería de Educación de fecha 8 de agosto de 1985, tienen su origen en el denominado Servicio Provincial de Orientación Escolar y Vocacional que configurado por el Ministerio de Educación y Ciencia se integraba con personal técnico especializado, nombrado en comisión de servicios, mediante concurso...

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