STSJ Comunidad de Madrid 1971/2006, 7 de Noviembre de 2006

PonenteJOSE LUIS QUESADA VAREA
ECLIES:TSJM:2006:14204
Número de Recurso1804/2003
Número de Resolución1971/2006
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.9

MADRID

SENTENCIA: 01971/2006

SENTENCIA No 1971

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN NOVENA

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Ramón Verón Olarte

Magistrados:

Da. Ángeles Huet Sande

D. Juan Miguel Massigoge Benegiu

D. José Luis Quesada Varea

Dª. Berta Santillán Pedrosa

Dª. Margarita Pazos Pita

D. Juan Ignacio González Escribano

En la Villa de Madrid, a siete de noviembre de dos mil seis.

Vistos por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por los Sres. expresados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1804/03, interpuesto por «Schawn-Stabilo Schwanäusser GMBH & CO.», representada por el Procurador D. Carlos Gómez Villaboa y Mandri y dirigida por el Letrado D. Mauricio Zorobe Watine, contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 19 de mayo de 2003, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto por la recurrente contra la resolución de la misma Oficina de fecha 6 de agosto de 2002 por la que se denegaba el registro de la marca internacional gráfica 749.869; siendo parte el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Previos los oportunos trámites, el Procurador D. Carlos Gómez Villaboa y Mandri, en representación de la parte recurrente, formalizó la demanda mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó pertinentes, solicitó se dictara sentencia estimatoria del recurso interpuesto por la que se anule la resolución recurrida.

SEGUNDO

El Abogado del Estado, evacuando el traslado conferido, contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras exponer asimismo los hechos y fundamentos de Derecho que consideró oportunos, solicitó la desestimación del recurso.

TERCERO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 26 de octubre de 2006, en que tuvo lugar.

CUARTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

Es ponente el Ilmo. Magistrado D. José Luis Quesada Varea.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La recurrente, «Schawn-Stabilo Schwanäusser GMBH & CO.», solicitó de la Oficina Española de Patentes y Marcas el registro de la marca internacional 749.869, gráfica, compuesta por un dibujo esquemático de un rotulador o marcador, para distinguir productos de la clase 16, en concreto, y según la traducción que ofrece la demandante: «lápices, minas o recambios, lápices de colores o de reproducción, portaminas, bolígrafos, recambios de bolígrafos, rotuladores y con punta de fibra, portaminas, rotuladores para marcar el texto en fluorescente y rotuladores fluorescentes». Por resolución de 6 de agosto de 2002, la Oficina denegó el registro por incurrir el signo solicitado en la prohibición del art. 6 quinquies B.2 del Convenio de la Unión de París en relación con el art. 11.1 c) de la Ley de Marcas. Recurrida en alzada, la resolución fue confirmada el 19 de mayo de 2003 por componerse la marca exclusivamente de signos genéricos y usuales para designar los productos.

La solicitante impugna esta decisión con fundamento en la relación de la marca solicitada con la mixta 418.036 «Stabilo-Boss», de grafismo idéntico al que ahora se solicita y cuya notoriedad debe hacerse extensivo a aquélla por el especial diseño que representa. La notoriedad...

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