STSJ Navarra , 15 de Septiembre de 2003
Ponente | JUAN ALBERTO FERNANDEZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJNA:2003:1193 |
Número de Recurso | 240/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 15 de Septiembre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A Nº1.006/2.003 ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE, D. IGNACIO MERINO ZALBA MAGISTRADOS, D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA Pamplona/Iruña , a quince de Septiembre de dos mil tres.
Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 0000240/1998, promovido contra la resolución del Jefe de la Unidad de Recursos de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 15 de Septiembre de 1.997, denegándose la solicitud de registro de la marca nº 1.982.891 clase 41., siendo en ello partes: como recurrente la UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA, representado por el Procurador D. MIGUEL ANTONIO GRÁVALOS MARÍNy dirigido por el Letrado Sr. Núñez Lagos; el Letrado Sr. Núñez Lagos; y como demandada La ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO; DIRECCION GENERAL DE PATENTES Y MARCAS rrepresentada y defendida por el Abogado del Estado, siendo codemandada en las presesentes actuaciones, la UNIVERSIDAD DE NAVARRA, representado por el/la Procurador D. CARLOS HERMIDA SANTOS, y dirigido por el Letrado Sr. Núñez Lagos;
El presente recurso se interpuso el 6 de Febrero de 1.998. contra la resolución citada en el encabezamiento.
La demanda formalizada por el recurrente fue contestada por el Abogado del Estado y por la Universidad de Navarra.
Practicadas las pruebas propuestas por las partes y presentados los escritos de conclusiones se señaló para votación y fallo el 8 de Septiembre de 2.003.
Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ.
La marca UNIVERSITAS NAVARRENSIS, con gráfico cuyo registro en la Oficina Española de Patentes y Marcas fue denegada a la recurrente, coincide denominativa y fonéticamente con la marca UNIVERSITAS NAVARRENSIS registrada antes a nombre de la demandada.
Tamaña identidad, deducida no del conjunto de los elementos que configuran las marcas comparadas sino de elementos tan relevantes como el nominativo y fonético dificulta sobremanera su diferenciación o lo que es lo mismo genera evidentemente un gran riesgo de confusión.
La diferenciación gráfica, por tener este elemento una de las marcas y no la otra, no deshace la identidad a la que...
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