STSJ Navarra , 15 de Septiembre de 2003

PonenteJUAN ALBERTO FERNANDEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJNA:2003:1193
Número de Recurso240/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A Nº1.006/2.003 ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. IGNACIO MERINO ZALBA MAGISTRADOS, D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ D. FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA Pamplona/Iruña , a quince de Septiembre de dos mil tres.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de este Excmo. Tribunal Superior de Justicia de Navarra, constituida por los Señores Magistrados expresados, los autos del recurso número 0000240/1998, promovido contra la resolución del Jefe de la Unidad de Recursos de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 15 de Septiembre de 1.997, denegándose la solicitud de registro de la marca nº 1.982.891 clase 41., siendo en ello partes: como recurrente la UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA, representado por el Procurador D. MIGUEL ANTONIO GRÁVALOS MARÍNy dirigido por el Letrado Sr. Núñez Lagos; el Letrado Sr. Núñez Lagos; y como demandada La ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO; DIRECCION GENERAL DE PATENTES Y MARCAS rrepresentada y defendida por el Abogado del Estado, siendo codemandada en las presesentes actuaciones, la UNIVERSIDAD DE NAVARRA, representado por el/la Procurador D. CARLOS HERMIDA SANTOS, y dirigido por el Letrado Sr. Núñez Lagos;

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El presente recurso se interpuso el 6 de Febrero de 1.998. contra la resolución citada en el encabezamiento.

SEGUNDO

La demanda formalizada por el recurrente fue contestada por el Abogado del Estado y por la Universidad de Navarra.

TERCERO

Practicadas las pruebas propuestas por las partes y presentados los escritos de conclusiones se señaló para votación y fallo el 8 de Septiembre de 2.003.

Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La marca UNIVERSITAS NAVARRENSIS, con gráfico cuyo registro en la Oficina Española de Patentes y Marcas fue denegada a la recurrente, coincide denominativa y fonéticamente con la marca UNIVERSITAS NAVARRENSIS registrada antes a nombre de la demandada.

Tamaña identidad, deducida no del conjunto de los elementos que configuran las marcas comparadas sino de elementos tan relevantes como el nominativo y fonético dificulta sobremanera su diferenciación o lo que es lo mismo genera evidentemente un gran riesgo de confusión.

La diferenciación gráfica, por tener este elemento una de las marcas y no la otra, no deshace la identidad a la que...

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