STSJ Comunidad de Madrid , 17 de Noviembre de 2000
Ponente | JOSE TOME PAULE |
ECLI | ES:TSJM:2000:13883 |
Número de Recurso | 1609/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
PROC. SR. SORRIBES TORRA ABOGADO DEL ESTADO TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª
RECURSO N° 1.609/97 PONENTE SR. José Tomé Paule SENTENCIA N°1.090 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.
D. Valeriano Palomino Marín D. Alfonso Sabán Godoy Dª. Laura Tamames Prieto Castro D. José Tomé Paule En Madrid a diecisiete de noviembre de dos mil. Visto por la Sala del margen el recurso n° 1.609/97 interpuesto por el Procurador Sr. Sorribes Torra en representación de CIBA GEIGY AG contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 28 de abril de 1997 que desestima el recurso interpuesto contra la denegación de la inscripción de la marca "ALIBI", de la clase 5, por existir incompatibilidad con la marca "ALUBI", también de la clase 5; habiendo sido parte la administración general del Estado, representada por su Abogacía.
La cuantía del recurso es indeterminada.
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 1 de septiembre de 1997 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
Recibido el pleito a prueba, se practicó la de documental propuesta por la parte actora, con el resultado que obra en autos.
Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 16 de noviembre de 2000 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Tomé Paule.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
La sociedad CIBA GEIGY AG, con domicilio en Bale...
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