STSJ Comunidad de Madrid , 5 de Julio de 2002
Ponente | JOSE TOME PAULE |
ECLI | ES:TSJM:2002:9495 |
Número de Recurso | 1911/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 5 de Julio de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Proc. Sr. García Cortés Abogado del Estado TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª
RECURSO N° 1911 de 1998 PONENTE Sr. José Tomé Paule SENTENCIA N°715 Presidente Iltmo. Sr. D. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.
D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. Francisco Javier Sancho Cuesta.
D. José Tomé Paule En Madrid a cinco de julio de dos mil dos. Visto por la Sala el recurso n° 1911 de 1998 interpuesto por el Letrado Sr. Hernández Rodríguez en representación de Air Europa Líneas Aéreas SA., hoy sucedida en el proceso por Globalia Corporación Empresarial, SA, representada por el Procurador D. Oscar García Cortés, contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas que desestiman los recursos ordinarios interpuestos contra las denegaciones de las marcas nums. 2.057.923, 2.059.737, 2.059.738, 2.059.739 y 2.059.741 "Air Europa/Air Europa"; habiendo sido parte la Oficina de Patentes y Marcas, representada por el Abogado del Estado. La cuantía del recurso es indeterminada.
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 31 de julio de 1998 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 4 de julio de 2002 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.
Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. José Tomé Paule.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
En el presente recurso contencioso-administrativo la SA. Globalia Corporación Industrial representada por el Procurador Sr. García Cortes que ha sustituido al primitivo actor...
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