STSJ Comunidad de Madrid 541/2004, 2 de Abril de 2004

PonenteRAMON CUETO PEREZ
ECLIES:TSJM:2004:16356
Número de Recurso394/2002
Número de Resolución541/2004
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

RAMON CUETO PEREZGUSTAVO RAMON LESCURE CEÑALMARIA DEL PILAR MALDONADO MUÑOZ

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 00541/2004

Recurso: 394/02.

Ponente: ILMO. SR. D. RAMON CUETO PEREZ.

Recurrente: Proc. Julián Sanz Aragón.

Demandado: Abogado del Estado.

Secretaría: Dª Mª Teresa Barril Roche.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SENTENCIA NÚM.- 541

ILTMO. SR. PRESIDENTE

D. Gustavo Lescure Ceñal

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. RAMON CUETO PEREZ

Dª. Pilar Maldonado Muñoz

En Madrid a 2 de Abril de 2004.

. VISTO el recurso contencioso-administrativo que, con el número reseñado más arriba, ha correspondido a esta Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto por la entidad SCHINDLER AUFZÜGE, AG, representada por el Procurador de los Tribunales D. Julián Sanz Aragón, asitido de Letrado, contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 12 de noviembre de 2001, que denegó la marca internacional "SMART MRL" nº 705.903, en clase 7ª, y en el que la Administración General demandada ha estado representada y dirigida por la Abogacía del Estado, siendo la cuantía del recurso indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figuran en los mismos.

SEGUNDO

Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 2 de Abril de 2004.

Siendo Ponente Itmo. Sr. D. RAMON CUETO PEREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de este recurso contencioso-administrativo la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 12 de noviembre de 2001, por la que se estimó el recurso de alzada interpuesto por la entidad Sistel S.A. contra la concesión de la marca internacional nº 705.903, "SMART MRL", en clase 7ª del nomenclator que había propuesto la entidad, aquí actora, SCHINDLER AUFZÜGE, A.G., cuya representación procesal alega, sustancialmente, en la demanda que existe compatibilidad entre los signos enfrentados "Smart MRL" y "SMART LIFT" porque realizada la comparación en atención únicamente a los elementos diferenciadores debe darse muy poca importancia a la partícula "Smart", pues constituye un término que por su habitualidad en el mercado no tiene entidad distintiva suficiente, relegando de este modo el juicio de evaluación en torno únicamente a las partículas restantes es decir, a los términos "MRL" y "LIFT"; asimismo, se trata en cuanto al consumidor de los productos de un alto nivel de formación y conocimientos del sector de tal forma que hace inviable el riesgo de confusión y termina suplicando que se declare desajustada a Derecho la resolución impugnada y se declare la protección en España de la marca propuesta y rechazada por la Oficina registral.

SEGUNDO

Como venimos...

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