STSJ Comunidad Valenciana , 14 de Enero de 2003

PonenteANTONIO MARQUEZ BOLUFER
ECLIES:TSJCV:2003:188
Número de Recurso2425/1995
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia a catorce de Enero de 2003.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D. JOSE MARIA ZARAGOZA ORTEGA, Presidente; D. FERNANDO NIETO MARTIN, y D. ANTONIO MÁRQUEZ BOLUFER, Magistrados han pronunciado la siguiente SENTENCIA 25/03 En el recurso contencioso Administrativo n° 2425/1995, al que se han acumulado los recursos, numeros, 2461 / 1995; 231/1996; y 451/1996, todos interpuestos por la COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SEGUROS Y REASEGUROS DE CREDITO Y CAUCION SA., representada y defendida por el Abogado D. Antonio Sanchez Moreno, contra las resoluciones del Honorable Conseller de la Conselleria de Economía y Hacienda de la Generalidad Valenciana que constan en el expediente administrativo por las que se desestimaba el recurso ordinario formulado frente las resoluciones correspondientes dictadas por los Servicios Territoriales de dicha Conselleria, en Alicante y Valencia, por las que se denegaba la solicitud de la demandante para que se tuviera cancelada la fianza constituida, en cada caso, ante la mencionada Conselleria, como garantia de responsabilidades economicas a favor de empresas operadoras de maquinas recreativas y de azar, por deseo de la demandante de no prorrogar la vigencia anual del contrato de seguro de caución otorgado, en cada caso.

Siendo parte demandada, la Conselleria de Economia y Hacienda de la Generalidad Valenciana, representada y defendida por el Letrado de la Generalidad.

Y como coadyuvantes: La empresa, Jose Antonio representada por el Procurador de los Tribunales D. Alberto Ventura Torres. También, Automáticos Costa Blanca SL., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Beatriz Llorente Sanchez. La empresa Balanzá SA. Covare SA. recreativos Balenzá SA. Joviar SL. María Cristescu SA. todas estas representadas y defendidas por el Abogado D. Antonio Barajas Mayordomo. Así mismo, Codere Distribuciones Levantinas SA. Codere Gandia SA. Codere Valencia SA., representadas por el Procurador de los Tribunales D. Javier García Lopez.

Y Magistrado ponente, el Ilmo. Sr. D. ANTONIO MÁRQUEZ BOLUFER

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguido por los trámites legales se emplazó al demandante para que formulase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que solicitaba se declarase la nulidad de las resoluciones recurridas, y se reconociese su derecho a la cancelación de las fianzas constituidas, por denegación de la prorroga anual en los contratos suscritos con las empresas operadoras

SEGUNDO

Por la parte demandada, la Generalidad Valenciana, se contestó a la demanda mediante escrito donde solicitaba se declarase la conformidad a derecho de los actos administrativos impugnados.

En el mismo sentido se pronunciaron las distintas empresas comparecidas en calidad de coadyuvantes de la Administración.

TERCERO

Recibidos los autos a prueba, se practicaron las propuestas que fueron admitidas, con el resultado que consta en autos, dándose seguidamente el traslado para conclusiones, y señalándose para la votación y fallo del recurso, el día 7 de Enero de 2003.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado laxé prescripciones legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a revisión jurisdiccional en el presente recurso contencioso administrativo, las resoluciones respectivas acordadas por la Conselleria de Economia y Hacienda de la Generalidad Valenciana, por las que se desestimaban los recursos ordinarios formulados por la demandante, Compañía de Seguros y Reaseguros de Credito y Caución SA., interpuestos contra las resoluciones de los Servicios Territoriales de dicha Conselleria, en Alicante y Valencia, que a su vez desestimaban la solicitud de la sociedad demandante para que se cancelase la fianza, en cada caso, constituida como avalista a favor de determinadas empresas operadoras de Maquinas Recreativas y de Azar - que constan en el expediente administrativo - debiéndose destacar, que no todas las implicadas sino solo las indicadas en el encabezamiento de esta sentencia, se han personado en este recurso en concepto de coadyuvantes Estas fianzas, se constituyeron para responder a la exigencia legal impuesta por los Decretos autonómicos 40/1986; 90/1990, y 76/1993, a las empresas operadoras de la clase indicada, como requisito para obtener la autorización de explotación de tales maquinas, ante...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR