STSJ Comunidad Valenciana 1192/2003, 25 de Junio de 2003

PonenteMIGUEL ANGEL OLARTE MADERO
ECLIES:TSJCV:2003:5500
Número de Recurso1308/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1192/2003
Fecha de Resolución25 de Junio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA N° 1192/03

En el recurso contencioso administrativo n° 1308/2000, al que se acumula el n° 207/2001, interpuesto por la mercantil Gabival 2001 SL, representada por la Procuradora Doña Silvia Gastaldi Orquin y defendida por la Letrado Doña Estibaliz Villar Rey, y por la Asociación de Pares y Madres de Alumnos del Colegio María de Itziar, representada por la Procuradora Doña Paula Garcia Vives, contra la Orden de la Conselleria de Cultura y Educación del Gobierno Valenciano de 19 de junio de 2000 por la que se modificaba la autorización de cambio de titular del centro docente privado María de Itziar previa la presentación de certificaciones acreditativas de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y contra la resolución de 24 de 4 noviembre de 2000 del Conseller de Cultura y Educación que declaraba inadmisible el recurso de alzada en lo referente al telegrama de convocatoria de reunión y desestimaba dicho recurso contra la resolución de 24 de julio de 2000 del Director General de Centros Docentes, respectivamente.

Habiendo sido parte en los autos la Conselleria de Cultura y Educación, defendida por sus servicios jurídicos y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia anulando la resolución recurrida, y se condenara a la administración a que los indemnizara por los daños y perjuicios causados.

SEGUNDO

- La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba quedaron los autos pendientes de votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación y fallo del recurso para el día 25 de junio de 2003.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la Orden de la Conselleria de Cultura y Educación del Gobierno Valenciano de 19 de junio de 2000 por la que se modificaba la autorización de cambio de titular del centro docente privado María de Itziar previa la presentación de certificaciones acreditativas de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y contra la resolución de 24 de noviembre de 2000 del Conseller de Cultura y Educación que declaraba inadmisible el recurso de alzada en lo referente al telegrama de convocatoria de reunión y desestimaba dicho recurso contra la resolución de 24 de julio de 2000 del Director General de Centros Docentes, respectivamente; basando su pretensión en la nulidad de las resoluciones impugnadas por los siguientes motivos: Primero, en aplicación retroactiva de la Orden de 22 de diciembre de 1999 para la renovación, prorroga o modificación de los conciertos educativos a una solicitud presentada el 15 de octubre de 1999 en que se pretendía por actora el cambio de titularidad y por tanto la subrogación de ella en los derechos y obligaciones del concierto vigente entre la Conselleria y Doña Esther , titular del centro docente privado María de Itziar, y en segundo lugar, por prescindir total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, que era el que recogía la Orden de 23 de diciembre de 1996, que según ella no imponía procedimiento alguno siendo automático el cambió de titularidad, ambos en cuanto a la impugnación de la Orden de 19 de junio de 2000, y tercero, por falta de...

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