STSJ Extremadura , 29 de Junio de 2001

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2001:1532
Número de Recurso538/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente SENTENCIA N° 1206 PRESIDENTE DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DON ISAAC MERINO JARA En Cáceres a veintinueve de Junio de dos mil uno.- Visto el recurso contencioso administrativo n° 538 de 1998 promovido por el Procurador de los Tribunales Sra. Fernández Sanz, en nombre y representación de DON Millán , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representado por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: "Resolución del TEAR de Extremadura, recaído en reclamación n° 751/96.".

C U A N T I A 4.248.668 pesetas.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO: Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y Fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DON ISAAC MERINO JARA -

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo, interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Dolores Fernández Sánz, en nombre y representación de D. Millán , se dirige contra la Resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura el 26 de diciembre de 1997, por la que se desestima la reclamación económico administrativa número 10/751/96 presentada por el hoy actor y por D. Oscar , contra la Resolución de 12 de noviembre de 1996 de la Dependencia de Recaudación de Cáceres de la Agencia Estatal de Administración Tributaria mediante la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la declaración de responsabilidad subsidiaria de las deudas tributarias de la "Sociedad Cooperativa Vegas de la Vera" llevada a cabo mediante Resolución de 9 de octubre de 1996.

SEGUNDO

El 20 de junio de 1996, con objeto de cumplimentar el trámite de audiencia al que se refiere el articulo 37.4 de la Ley General Tributaria, en la redacción dada por la Ley 25/1995, de 20 de julio, la citada Unidad de Recaudación le comunicó a varias personas, entre ellas al hoy actor la iniciación del expediente de derivación de responsabilidad subsidiaria al amparo de lo dispuesto en los artículos 40 de la Ley General Tributaria y 14 del Reglamento General de Recaudación, en tanto en cuanto miembros del Consejo Rector de dicha Cooperativa (pág. 22 del expediente). No consta que los interesados formularan alegaciones. Mediante resolución de 9 de octubre de 1996 por la Dependencia de Recaudación se dicta resolución por la que se declara responsables subsidiarios al hoy actor y a D. Oscar (pág. 80 a 83), quienes presentaron recurso de reposición, que fue desestimado el 12 de noviembre de 1996. Las cantidades adeudadas, que suman la cantidad de 4.248.668 pesetas, corresponden a un acta de la dependencia de inspección, firmada de conformidad el 26 de mayo de 1994, por el hoy actor en tanto en cuanto representante legal de la Cooperativa (3.930.710 pesetas), en concepto...

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