STSJ Extremadura , 14 de Mayo de 2001

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2001:1152
Número de Recurso2142/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE EXTREMADURA, INTEGRADA POR LOS ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS DEL MARGEN, EN NOMBRE DE S. M. EL REY HA DICTADO LA SIGUIENTE:

SENTENCIA N°.874 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DON ISAAC MERINO JARA En Cáceres a catorce de mayo de dos mil uno. Visto el recurso contencioso administrativo número 2.142 de 1.998, promovido por el Procurador Sr. Leal López, en nombre y representación del recurrente DOÑA Eva , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura, dictada en reclamación número 06/544/96, en concepto de Renta Personas Físicas.

Cuantía.- 1.062.500 pesetas.-.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de costas a la parte demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictada sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. ISAAC MERINO JARA, que expresa el parecer de la Sala

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso, interpuesto por el Procurador de los Tribunales D. Carlos Alejo Leal López, en nombre y representación de D. Eloy , se dirige contra la Resolución del T.E.A.R. de Extremadura de 30 de junio de 1997, desestimatoria de la reclamación núm. 06/544/96 interpuesta el día 23 de abril de 1996 contra tres liquidaciones derivadas de tres actas de disconformidad firmadas el día 12 de febrero de 1996, relativas al I.R.P.F., ejercicios 1992, 1993 y 1994 ascendiendo las respectivas deudas tributarias a 817.410, 702.946 y 420.640 pesetas.

SEGUNDO

La regularización propuesta en los tres casos obedece al mismo motivo, la actora presentó su declaración por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, pero, desde el punto de vista de la Inspección, no lo hizo correctamente, y, por eso propone la regularización de su situación tributaria, dado que la base imponible regular declarada debe incrementarse en un determinado importe por estimación de rendimientos de capital inmobiliario al considerarse retribuida la cesión de diferentes fincas (denominadas en conjunto "Argamasa" en el...

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