STSJ Cataluña , 26 de Septiembre de 2002
ECLI | ES:TSJCAT:2002:10515 |
Número de Recurso | 1483/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso nº 1483/98 Partes: SUPERMERCADOS SABECO, S.A. C/ AYUNTAMIENTO DE LLEIDA S E N T E N C I A Nº 1233 En la ciudad de Barcelona, a veintiseis de septiembre de dos mil dos. D. FRANCISCO DÍAS FRAILE, Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, (Sección primera), ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 1483/98, interpuesto por SUPERMERCADOS SABECO, S.A., representado por el Procurador D. Francisco Fernandez Anguera y asistido por el letrado Dª. Mª del Cielo Olano Moreno, contra EL AYUNTAMIENTO DE LLEIDA, representado y asistido por la letrada de Serveis Juridics Bruna Castelló Miarnau.
Por el citado Procurador, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la Resolución desestimatoria por silencio administrativo del recurso de reposición de fecha 10 de marzo de 1998 contra las liquidaciones números 761/97 y 765/97, sobre el Impuesto de Actividades Económicas..
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos. La representación de la parte actora en fecha 18 de Junio del año en curso interpuso escrito formulando alegaciones, finalmente queraron las actuaciones conclusas para dictar sentencia.
En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Se impugna la desestimación del recurso de reposición deducido contra una serie de liquidaciones de IAE que a la actora le fueron giradas por el Ayuntamiento demandado, terminando la demanda con la súplica que es de ver en autos.
Conviene notar, con carácter liminar, que las liquidaciones litigiosas tienen su origen en determinadas...
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