STSJ Galicia , 20 de Febrero de 2003
Ponente | JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2003:878 |
Número de Recurso | 8554/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Febrero de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO NÚMERO: 8554/1998 RECURRENTE: TELEVES SA. ADMON. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE GALICIA PONENTE: D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NÚMERO 230/2003 Ilmos. Señores:
D. Jose Antonio Vesteiro Perez D. Francisco Javier Amorín Vieitez D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ A Coruña, Veinte de Febrero de dos mil tres.
En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 8554/1998, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por TELEVES SA., con DNI. número A-15010176, domiciliado en c/Rua B. de Conxo num. 17 Santiago de Compostela, representado por D. JOSE ANTONIO CASTRO BUGALLO y dirigido por el Letrado D. FERNANDO CUBERO MARTIN, contra acuerdo de 23-4-98 que inadmite a trámite la solicitud de suspensión en la reclamación num. 15/3817/97 contra providencia de apremio sobre liquidaciones practicadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Es parte la administración demandada TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE GALICIA, representada por ABOGADO DEL ESTADO. La cuantía del asunto es determinada en 35.592 euros.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ
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Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.
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Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.
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No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 11 de Febrero de 2003, fecha en que tuvo lugar.
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En la substanciación del recurso se han observado las prescripciones legales.
A través del recurso Contencioso-administrativo se impugna resolución del TEAR de Galicia de 23 de abril de 1998 desestimatoria de reclamación económico- administrativa número 15/3817/97 contra providencia dictada en expediente derivado de liquidaciones cuya número se referencia practicadas por la Dependencia Regional de Recaudación de la AEAT.
La parte demandante realiza el siguiente alegato impugnatorio: Que se han aportado garantías suficientes por el importe que refiere mediante...
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