STSJ Cataluña , 7 de Junio de 2001

PonenteMANUEL TABOAS BENTANACHS
ECLIES:TSJCAT:2001:6933
Número de Recurso1486/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Autos nº 1486/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA RECURSO N° 1486/97 PARTES GENERALITAT DE CATALUNYA C/ AYUNTAMIENTO DE SANTA COLOMA DE GRAMENET S E N T E N C I A N° 473 Ilustrísimos Señores MAGISTRADOS D. JOSÉ JUANOLA SOLER.

Dña. MARIA DEL PILAR MARTÍN COSCOLLA.

D. MANUEL TABOAS BENTANACHS.

BARCELONA, a siete de junio de dos mil uno. Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso contencioso administrativo nº 1486/97, seguido a instancia de la GENERALITAT DE CATALUNYA, representado/a por el/la LLETRAT DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, contra el AYUNTAMIENTO DE SANTA COLOMA DE GRAMENET, representado por el/la Abogado Don/Doña ANA MORENO BARRANCO, sobre Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don MANUEL TABOAS BENTANACHS.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El 14 de marzo de 1997 la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet dictó Resolución por virtud de la que, en esencia, se estimó el recurso de reposición contra la providencia declarando incurso en apremio la cantidad adeudada a ese Ayuntamiento en concepto de Impuesto sobre

    Bienes Inmuebles del local sito en la calle Sant Carles nº 70 y correspondiente a los ejercicios 1991 a 1996, ambos incluidos, en el sentido de dejar sin efecto esa providencia desestimando la alegación referida a la exención de dicho tributo referida a los ejercicios 1991 y 1992.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, el que admitido a trámite se publicó anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictase Sentencia estimatoria de la demanda articulada. Se pidio el recibimiento del pleito a prueba.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó a demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las...

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