STSJ Galicia , 26 de Abril de 2000

PonenteJUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ
ECLIES:TSJGAL:2000:3512
Número de Recurso9345/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO: 03 /0009345 /1996 RECURRENTE: Juan Carlos ADMON. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA PONENTE: D/ña. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 393 /2000 Iltmos. Sres:

D. JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ, Presidente D. FRANCISCO JAVIER D' AMORIN VIEITEZ D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ En la Ciudad de A Coruña, veintiséis de abril de dos Mil. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0009345 /1996 pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por Juan Carlos , con D. N. I. /C. I. F NUM000 domicilio en c/ DIRECCION000 NUM001 (A Coruña), representado por D/ña. DOMINGO RODRIGUEZ SIABA y dirigido por el Letrado D/ña.

MARIA ESTHER LOPEZ CONDE, contra Resolución de 11 -4 -96 desestimatoria de Rec. 15 /132 /94 contra acuerdo de la oficina Liquidadora de Betanzos (C. Economía e Facenda) sobre valoración de inmueble a efectos Impuesto Transmisiones Patrimoniales.. Es parte la Administración demandada TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA, representada por el D/ña. ABOGADO DEL ESTADO. La cuantía del asunto es indeterminada Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

  2. - Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

  3. - No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 11 de Abril de 2000, fecha en que tuvo lugar.

  4. En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - El objeto del recurso se centra en determinar la conformidad o no al ordenamiento jurídico de la resolución recurrida, dictada con fecha 11 de abril de 1996, desestimatoria de la reclamación num. 15 /132 /94, formulada por D. Juan Carlos , contra acuerdo de la Oficina Liquidadora de Betanzos (A Coruña), Consellería de Economía y Hacienda, por el que se resuelve el recurso de reposición interpuesto contra valoración, realizada a efectos del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados del inmueble descrito en la escritura de compraventa otorgada en fecha 13 de septiembre de 1991, num de documento 2530 /91.

  2. - Invoca la...

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