STSJ Extremadura , 24 de Enero de 2003

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2003:115
Número de Recurso1035/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº

PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON ISAAC MERINO JARA / En Cáceres a VEINTICUATRO de ENERO de dos mil tres.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1035 de 2000, promovido por el LETRADO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA en nombre y representación de la recurrente JUNTA DE EXTREMADURA, siendo demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado y como parte codemandada URBANIZACIÓN Y VIVIENDAS DE CÁCERES S.A. representada por la Procuradora SRA. CHAMIZO GARCÍA; recurso que versa sobre: Resolución del T.E.A.R. de Extremadura de 28.04.2000 recaída en expediente número 6/169/98 sobre impuesto de transmisiones patrimoniales. CUANTÍA: 4.300.000 PTS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO: Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: No habiendo sido solicitado el recibimiento a prueba del recuso, ni estimarlo necesario la Sala, se pasó al periodo de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. ISAAC MERINO JARA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso, interpuesto por la Junta de Extremadura se dirige contra la R.TEAR de Extremadura de 28 de abril de 1998 estimatoria de la reclamación, número 6/169/98, interpuesta por URVICASA - quién ha comparecido como codemandada- contra la liquidación complementaria girada como consecuencia de la comprobación de valores realizada con motivo de la escritura de segregación y compraventa fechada el 25 de abril de 1996, de un edificio sito en...

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