STSJ Cantabria , 15 de Marzo de 2002

PonenteCESAR TOLOSA TRIVIÑO
ECLIES:TSJCANT:2002:519
Número de Recurso326/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Josefa Artaza Bilbao Don José Luis Domínguez Garrido En la Ciudad de Santander, a 15 de marzo del 2002. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 326/01, interpuesto por DOÑA Magdalena , representada por la Procurador Doña Elena Morales Romero y defendida por la Letrado Doña Gema Mazo Pérez, contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA), representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 788,87 euros. Es ponente el Iltmo. Sr. Don César Tolosa Tribiño, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 3 de abril de 2001, contra la Resolución nº 39/00203/00, de fecha 28 de febrero de 2001 dictada por el T.E.A.R.C., por la que se desestima la reclamación interpuesta por la recurrente contra el acuerdo dictado por la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de la Agencia Tributaria relativo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 1998.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, el recurrente solicita la nulidad de la resolución impugnada, por ser contraria a Derecho.

TERCERO

En su contestación a la demanda, la Administración interesa la confirmación de los actos administrativos impugnados, por ser conformes con el ordenamiento jurídico.

CUARTO

Recibido el recurso a prueba se practicaron las que obran en autos.

QUINTO

Se señaló fecha para votación y fallo, que tuvo lugar el día 14 de marzo del 2002, en el que, efectivamente, se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna a través del presente recurso la Resolución nº 39/00203/00, de fecha 28 de febrero de 2001 dictada por el T.E.A.R.C., por la que se desestima la reclamación interpuesta por la recurrente contra el acuerdo dictado por la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de la Agencia Tributaria relativo al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 1998.

SEGUNDO

El art. 4.2 del Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, establece claramente los supuestos en que los gastos de manutención y estancia se consideran exceptuados de gravamen, indicando en su número uno que " Se considerarán exceptuadas de gravamen las dietas y asignaciones para gastos de...

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