STSJ Murcia , 31 de Diciembre de 2002

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2002:3266
Número de Recurso1083/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº. 1.083/00.

SENTENCIA nº 1.119/02.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 1.119/02.

En Murcia a 31 de diciembre de dos mil dos. En el recurso contencioso administrativo nº. 1.083/00, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: liquidación por I.R.P.F. con aplicación de la d.a.4º

de la Ley de Tasas.

Parte demandante: D. Marcos y "Francisco Yago Puche, S.L.", representados por la Procurador Dña.

Mª Soledad Cárceles Alemán y dirigidos por el Abogado D. José Gabriel Carrillo Fernández.

Parte demandada: La Administración Civil del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado: Resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 25 de mayo de 2.000 desestimatorias de las reclamaciones económico administrativa nº.

30/360/99 y 30/361/99 formuladas por los actores impugnando liquidaciones por incremento de patrimonio lucrativo derivado de la transmisión y adquisición de inmueble, respectivamente, por aplicación de la D.a. cuarta de la Ley 8/89, de Tasas.

Pretensión deducida en la demanda: Que se dicte sentencia por la que :

  1. Se declare la nulidad de las resoluciones impugnadas.

  2. Que se anulen las liquidaciones nº NUM000 y NUM001 relativas al I.R.P.F. e Impuesto sobre Sociedades, respectivamente.

  3. Se oredene a la Administración que proceda a la devolución de los avales presentados y pague los gastos generados por dichos avales, en el importe que se determinar en ejecución de sentencia una vez determinado dicho importe con la presentación del certificado bancario en que consten dichos gastos.

  4. Se condene en costas a la Administración.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 21 de septiemebre de 2.000, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del...

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