STSJ Cataluña , 16 de Marzo de 2001

PonenteJOSE JUANOLA SOLER
ECLIES:TSJCAT:2001:3710
Número de Recurso73/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 73/998 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso nº 73/1998 SENTENCIA n° 224/2001 Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. José Juanola Soler D. Manuel Táboas Bentanachs D. Francisco López Vázquez Barcelona, a dieciséis de marzo del año dos mil uno. Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el presente recurso contencioso administrativo sobre Impuesto sobre Bienes Inmuebles, seguido entre partes: como parte demandante, PIA ASOCIACION OBRA DE MARIA (MOVIMIENTO DE LOS FOCOLARES), representada y defendida por Letrado D JOAQUIN VILA VICENS; como parte demandada, el Ayuntamiento de CASTELL-PLATJA D'ARO, representada por el Procurador/a D/Dª CRISTINA RUIZ SANTILLANA y defendida por Letrado.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Juanola Soler.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra Acuerdo del Ayuntamiento de Castell-Platja d Aro de 10-11-1997 por el que se desestimó la solicitud formulada por PIA ASOCIACION OBRA DE MARTA (MOVIMIENTO DE LOS FOCOLARES) de exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de las fincas conocidas como Mas Dausá y Apartamentos Vernamiti, y devolución de lo pagado por dichos conceptos y fincas.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, y admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictara Sentencia estimatoria de la demanda por la que se anulara el Acuerdo del Ayuntamiento de Castell-Platja d Aro de 10-11-1997 por el que se desestimó la solicitud formulada por PIA ASOCIACION OBRA DE MARTA (MOVIMIENTO DE LOS FOCOLARES) de exención y del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de las fincas conocidas como Mas Dausá y Apartamentos Vernamiti, y devolución de lo pagado por dichos conceptos y fincas, y se declarara el derecho de la demandante a dicha exención y se condenara al Ayuntamiento a la devolución de lo pagado.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas y, finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo, que ha tenido lugar el día 7-III-2001.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión actora de que se anule el Acuerdo del Ayuntamiento de Castell-Platja d Aro de 10-11-1997 por el que se desestimó la solicitud formulada por PIA ASOCIACION OBRA DE MARTA (MOVIMIENTO DE LOS FOCOLARES) de exención del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de las fincas conocidas como Mas Dausá y Apartamentos Vernamiti, y devolución de lo pagado por dichos conceptos y fincas, y se declare el derecho de la demandante a dicha exención y se condene al Ayuntamiento a la devolución de lo...

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