STSJ Castilla-La Mancha , 11 de Enero de 2001

PonenteVICENTE MANUEL ROUCO RODRIGUEZ
ECLIES:TSJCLM:2001:67
Número de Recurso429/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

1 Recurso núm. 429 de 1998 TOLEDO S E N T E N C I A Num. 25 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. Vicente Manuel Rouco Rodríguez Magistrados:

Dª. Raquel Iranzo Prades D. Jaime Lozano Ibáñez En Albacete a once de Enero de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos nº 429 de 1998 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de D Jon , representado por el Procurador Don Abelardo López Ruiz, y dirigido por sí mismo en su condición de Letrado. Contra el TEAR de Castilla-La Mancha, que ha estado representado y dirigido por el Iltmo Sr. Abogado del Estado. Habiendo comparecido como Administración interesada la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha, representada y dirigida por el Letrado de dicha Comunidad Autónoma. Sobre resolución desestimatoria de reclamación económico administrativa interpuesta frente a liquidación por el Impuesto sobre Sucesiones y comprobación de valores practicada con motivo de declaración sobre dicho impuesto con motivo de la herencia de Doña María Consuelo ; siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Vicente Manuel Rouco Rodríguez, Presidente de Sala; y

ANTECEDENTES DE HECHO

Por la parte actora se interpuso en 5 de marzo de 1998 recurso contencioso administrativo frente a los actos administrativos aludidos en el encabezamiento de la presente, y admitido a trámite, y anunciada su interposición en el Boletín Oficial correspondiente, se le entregó el expediente administrativo recibido para que formalizara la demanda, lo que hizo en su momento por medio de escrito en el que, después de exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó con la suplica literal de sentencia por la que se anule la Resolución recurrida y se declare no haber lugar a la liquidación girada.

De la demanda se dio traslado al Sr. Abogado del Estado para que la contestase, lo que hizo por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, se opuso al recurso solicitando sentencia que acuerde la desestimación del mismo, declarando la conformidad a Derecho de los actos impugnados.

Igual pretensión formuló en su contestación el Letrado de la Junta de Comunidades de Castilla - La Mancha.

Recibido el proceso a prueba con el resultado que consta en autos, las partes formularon sus respectivos escritos de conclusiones, y finalmente quedaron las actuaciones pendientes de votación y fallo, que se señaló en turno correspondiente, para el día 28 de diciembre de 2000, trasladándose por razones de servicio para el día 5 de Enero de 2.001, fecha que efectivamente se celebró. .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

En el presente recurso se impugna la resolución del TEAR por la que se estimó en parte la reclamación económico-administrativa interpuesta frente a comprobación administrativa de valores y liquidación por el Impuesto sobre Sucesiones realizada por la Administración con motivo de declaración por el Impuesto sobre sucesiones presentada en relación con los bienes de la herencia de Doña María Consuelo anulando por falta de motivación la comprobación de valores referente a la vivienda sita en Talavera de la Reina, C/ DIRECCION000 Santander, y desestimando la reclamación en lo que se refiere a la comprobación de valores de la vivienda sita en Granada, C/ DIRECCION001 .

El recurso impugna pues la resolución en lo referente a esa comprobación de valores declarada conforme a Derecho,...

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