STSJ Cataluña , 6 de Junio de 2001

PonenteLUIS MARIA DIAZ VALCARCEL
ECLIES:TSJCAT:2001:6920
Número de Recurso79/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso n° 79/98 Partes: ODISEA 2000, S.A. C/ AYUNTAMIENTO DE BARCELONA SENTENCIA N°469 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. JOSE JUANOLA SOLER MAGISTRADOS D. MANUEL TABOAS BENTANACHS D. LUIS Mª DIAZ VALCARCEL En la ciudad de Barcelona, a seis de junio de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n° 79/98, interpuesto por la entidad ODISEA 2000, S.A., representada por la Procuradora Dª. CRISTINA RUZ SANTILLANA y defendida por el letrado D. IGOR VENTURA GINABREDA, contra EL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA, representado por la Procuradora Dª Mª PILAR ALBACAR ARAZURI y defendido por los servicios jurídicos. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS Mª DIAZ VALCARCEL, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Procuradora citada, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución del Ayuntamiento de Barcelona desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra las liquidaciones de IBI correspondientes a los ejercicios 1993 a 1997, ambos inclusive de los bienes sitos en el muelle de España, 5.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de 1 de septiembre de 1999, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, solicitado por la parte actora practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y, finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el S de junio del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo interpuesto a nombre de ODISEA 2000, S.A. tiene por objeto la pretensión anulatoria de la resolución del Ayuntamiento de Barcelona por la que desestima...

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