STSJ Galicia , 23 de Septiembre de 2002
Ponente | JOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2002:5559 |
Número de Recurso | 7188/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 23 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO NUMERO: 03 /0007188 /1998 RECURRENTE: PREVISION DE RIESGOS FINANCIEROS ATACAS S. L. ADMON. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA PONENTE: D/ña. JOSÉ ANTONIO VESTEIRO PÉREZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 986 /2002 Iltmos. Sres:
D. JOSÉ ANTONIO VESTEIRO PÉREZ, Presidente D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ En la Ciudad de A Coruña, veintitres de septiembre de dos Mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0007188 /1998, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por PREVISION DE RIESGOS FINANCIEROS ATACAS S. L., domiciliado en (A Coruña), representado y dirigido por el Letrado D/ña. JORGE CASTRO DIAZ, contra Acuerdo de 18 -12 -97 que inadmite a trámite la Rec. 15 /00237 /97 contra el acta nº A0160914144 incoada por la Agencia Estatal Administración Tributaria de A Coruña.. Es parte la Administración demandada TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA, representada y dirigida por el D/ña. ABOGADO DEL ESTADO. La cuantía del asunto es determinada en 40.387 euros.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. JOSÉ ANTONIO VESTEIRO PÉREZ.
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Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
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Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.
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No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 17 de Septiembre de 2002, fecha en que tuvo lugar.
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- En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.
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Se impugna la resolución del TEAR de Galicia de 18 de diciembre de 1997 por la que se desestima la petición de suspensión sobre la liquidación que le fué girada a la Entidad recurrente Previsión de Riesgos Financieros Atacas S. L. derivada del Acta de Inspección de...
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