STSJ Castilla y León , 11 de Enero de 2002

PonenteJUAN IGNACIO MORENO-LUQUE CASARIEGO
ECLIES:TSJCL:2002:47
Número de Recurso34/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a once de Enero de dos mil dos. En el recurso número 34/2000, interpuesto por INMOBILIARIA DOBLE G S.A. representada por el Procurador Don Cesar Gutiérrez Moliner y defendida por el Letrado Don Francisco González García , contra Acuerdo del Ayuntamiento de Burgos de fecha 2 de diciembre de 1999 por el que se deniega la petición del recurrente sobre la eliminación de la condición del proyecto de ejecución para la construcción en la parcela E-14 del Polígono G-3 de 58 viviendas, 30 departamentos compatibles con alojamientos (DUCAS), garajes y trasteros; que imponía la absoluta prohibición de destinar a viviendas las dependencias de uso compatible con alojamiento comprendidas en la presente licencia, habiendo comparecido, como parte demandada el Ayuntamiento de Burgos, representado por el Procurador Don Eugenio Echevarrieta Herrera y defendido por el Letrado Don Santiago Dalmau Moliner.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala el día 2 de febrero de 2000 .

Admitido a trámite se dio al mismo la publicidad legal y se reclamó el expediente administrativo; recibido se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 25 de septiembre de 2000, que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte Sentencia en virtud de la cual se estime el presente recurso, declarándose la nulidad de las resoluciones recurridas y de la condición impuesta, se tenga por no puesta y en consecuencia se declare la aplicación de la Disposición Adicional Unica del Plan General de Ordenación Urbana de Burgos a las 30 dependencias compatibles con alojamiento previstas en el proyecto de edificación de la parcela E-14 del Polígono G-3 de Burgos, por los motivos y hechos expuestos en el cuerpo de este escrito con expresa imposición de costas a la Administración demandada.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por término legal a al Ayuntamiento de Burgos, quien contestó a medio de escrito de 21 de diciembre de 2000 , oponiéndose al recurso y solicitando su desestimación en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones, que obran unidos al recurso y señalándose el día 20 de diciembre de 2001 para su votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones prevenidas en la Ley en la tramitación de este recurso jurisdiccional.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que es objeto del presente recurso, el Acuerdo del Ayuntamiento de Burgos de fecha 2 de diciembre de 1999 por el que se deniega la petición del recurrente sobre la eliminación de la condición del proyecto de ejecución para la construcción en la parcela E-14 del Polígono G-3 de 58 viviendas, 30

departamentos compatibles con alojamientos (DUCAS), garajes y trasteros; que imponía la absoluta prohibición de destinar a viviendas las dependencias de uso compatible con alojamiento comprendidas en la presente licencia, debiendo el promotor hacer constar expresamente esta circunstancia en la escritura de declaración de obra nueva y división horizontal, ya que se trata de locales de uso terciario que las Ordenanzas del Plan General de Ordenación urbana permiten compatibilizar con el alojamiento.

Se rechaza en primer termino la excepción de inadmisibilidad extemporánea, por cuanto la pretensión es nueva, de cara a una petición de...

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