STSJ Cataluña , 10 de Octubre de 2002

PonenteJOSE JUANOLA SOLER
ECLIES:TSJCAT:2002:11199
Número de Recurso472/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n ° 472/1999 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso n° 472/1999 SENTENCIA n° 857 llustrisimos Señores Magistrados:

D. José Juanola Soler Dª Mª Pilar Martín Coscolla D. Manuel Táboas Bentanachs Barcelona, a diez de octubre del año dos mil dos. Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el presente recurso contencioso administrativo sobre urbanismo, seguido entre partes: como parte demandante, D. Ramón , representada por el Procurador/a D/Dª FRANCISCO J. MANJARIN ALBERT; como parte demandada, el Ayuntamiento de BEGUES, representada por el Procurador/a D/Dª ANTONIO ANZIZU FUREST.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Juanola Soler.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Begues de 12-3-1999 por el que se acordó la suspensión de licencias de parcelación en determinados sectores del Municipio con ocasión del estudio de una modificación puntual del Plan General de Ordenación vigente.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, y admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictara Sentencia estimatoria de la demanda articulada.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 9-10-2002.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión actora de que se declare la nulidad del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Begues de 12-3-1999 por el que se acordó la suspensión de licencias de parcelación en determinados sectores del Municipio con ocasíón del estudio de una modificación puntual del Plan General de Ordenación vigente.

SEGUNDO

La cuestión se centra en la interpretación de la prohibición, que se establece en el art. 42.6 del Decret Legislatiu 1/1990, Texto Refundido de disposiciones legales en materia urbanística vigentes en Cataluña, esto es, la imposibilidad de acordar nuevas suspensiones del otorgamiento de licencias de parcelación dentro del plazo de cinco años contados desde la extinción de los efectos de una anterior suspensión "por idéntica finalidad"; si la finalidad es idéntica, la nueva suspensión no tiene cobertura en la expresada norma del art. 42.6.

En el caso de autos, la primera suspensión se acordó con motivo de la Revisión del Plan General de Ordenación,...

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