STSJ Islas Baleares , 5 de Junio de 2001

PonentePABLO DELFONT MAZA
ECLIES:TSJBAL:2001:880
Número de Recurso839/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 627 En la ciudad de Palma de Mallorca a 5 de Junio del año dos mil uno. ILMOS SRS. D. Gabriel Fiol Gomila.

MAGISTRADOS D. Pablo Delfont Maza.

D. Fernando Socias Fuster.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares los autos N° 839 de 1996, seguidos entre partes; como demandante, Dª. Lorenza , representada por la Procuradora Dª. María José Andreu Mulet, y asistida del Letrado D. Juan Andreu Pujol; como Administración demandada, el Ayuntamiento de Palma de Mallorca, representado por el Procurador D. José

Luis Nicolau Rullan, y asistido por el Letrado Municipal; y como coadyuvante, Asociación de Vecinos Bellver, representada por la Procuradora D°. Catalina Fuster Riera, y asistida por el Letrado D. Juan Piña Miguel.

El objeto del recurso son las siguientes resoluciones administrativas:

  1. - Acto presunto por el que se entiende desestimado el recurso ordinario presentado el 23 de septiembre de 1995 contra el acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo, adoptado en sesión celebrada el 26 de julio de 1995, por el que se acordaba iniciar expediente de caducidad de la licencia de obras otorgada el 20 de junio d 1990 para la reforma de un edificio sito en calle DIRECCION000 , esquina calle DIRECCION001 , y se denegaba la prórroga de dicha licencia solicitada el 10 de enero de 1995.

  2. - Decreto de Alcaldía número 3469, de 15 de abril de 1996, por el que se desestimaba el recurso ordinario presentado contra el acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo, adoptado en sesión celebrada el 27 de septiembre de 1995, por el que se declaraba la caducidad de la licencia de obras señalada en el anterior apartado.

La cuantía del recurso se ha fijado como indeterminada, superior a seis millones de pesetas.

Se ha seguido la tramitación correspondiente al procedimiento ordinario.

Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo Delfont Maza, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso fue interpuesto el 1 de julio de 1996, admitiéndose a tramite por providencia del día 12 de noviembre siguiente, reclamándose el expediente administrativo y anunciándose mediante edicto insertado en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma.

SEGUNDO

La demanda se formalizó el 25 de abril de 1997, solicitando la estimación del recurso y la imposición de las costas del juicio. Interesaba el recibimiento del juicio a prueba.

TERCERO

El ayuntamiento y la coadyuvante contestaron a la demanda el 13 de octubre y 27 de noviembre de 1997, solicitando la desestimación del recurso y la imposición de las costas del juicio.

Interesaban el recibimiento del juicio a prueba.

CUARTO

Mediante Auto de 6 de noviembre de 1998, se acordó recibir el juicio a prueba, admitiéndose la documental y pericial propuestas que fueron llevadas a la práctica con el resultado que aparece en los autos.

QUINTO

Por providencia de 16 de enero de 2001, se acordó que las partes formularan conclusiones por escrito, verificándolo por su orden e insistiendo todas en sus anteriores pretensiones.

SEXTO

Por providencia de 22 de mayo de 2001, se señaló el día 29 siguiente para la votación y Fallo del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Hemos descrito en el encabezamiento cual es el acto presunto y la resolución municipal contra las que se dirige el presente recurso contencioso-administrativo.

De los datos obrantes en el expediente administrativo y del resultado de la prueba documental y pericial practicas en el juicio han quedado acreditados los siguientes extremos:

  1. - La Sala, mediante sentencia de 15 de septiembre de 1988, recaída en los autos número 75/86, declaró el derecho de D. Jose Enrique , esposo de la aquí recurrente, D. Lorenza , a que la Administración también ahora demandada, Ayuntamiento de Palma de Mallorca, le otorgase la licencia (le obras solicitada el 20 de agosto de 1985 para la reforma del edificio sito en la DIRECCION000 , esquina calle DIRECCION001 , siendo confirmada esa sentencia por la dictada por el Tribunal Supremo de 13 de noviembre de 1989 -recurso de apelación número 1845/88-.

  2. - El Consejo de Gerencia de Urbanismo, en sesión celebrada el 20 de junio de 1990, acordó conceder la licencia y estableció que las obras debían ejecutarse en el plazo de 24 meses, siendo así notificada el 6 de agosto de 1990.

  3. - El Consejo de Gerencia de Urbanismo, en sesión celebrada el 19 de febrero de 1992, se dio por enterado del cambio de titularidad de la licencia en cuestión, cuya nueva titular pasó a ser la Sra. Lorenza .

  4. - El 8 de julio de 1992 se solicitó prorroga para la terminación de las obras.

  5. - El Consejo de Gerencia de Urbanismo, en sesión celebrada el 21 de julio de 1993, a la vista de informes en los que se señaló como fecha tope para el inicio de las obras el 20 de diciembre de 1990, con lo que su ejecución debía estar terminada el 20 de diciembre de 1993, concedió ampliación del termino de ejecución hasta el 20 de diciembre de 1993.

  6. - No habiéndose finalizado las obras durante la prórroga concedida ni durante el año siguiente, el Ayuntamiento otorgó un término de 15 días para alegaciones el 28 de diciembre de 1994 y advertía entonces que una vez agotado, iniciaría expediente de caducidad, lo que sólo dio lugar a que el 10 de enero siguiente la Sra. Lorenza solicitase otra prórroga, aduciéndose para ello únicamente que dificultades económicas ajenas a la voluntad de la propiedad impidieron la terminación de las obras en su momento.

  7. - El 3 de febrero de 1995 el Celador Municipal informó que la obra se encontraba parada en estado de tabiquería, con el vallado del solar defectuoso y el solar lleno de basuras.

  8. - El 26 de junio de 1995 el Letrado Asesor de la Gerencia de Urbanismo informó que no procedía la concesión de otra prórroga porque se había producido una situación de inactividad en la obra.

  9. - El 12 de julio de 1995 el Jefe de Licencias y Disciplina del Ayuntamiento de Palma de...

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