STSJ Cataluña , 7 de Mayo de 2004

PonenteJOSE JUANOLA SOLER
ECLIES:TSJCAT:2004:5858
Número de Recurso142/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera ROLLO DE APELACIÓN 142/2003 dimanante de Recurso contencioso-administrativo 274/2001 seguido ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo 3 de Barcelona S E N T E N C I A núm 334 Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. José Juanola Soler Da. María del Pilar Martín Coscolla D. Manuel Táboas Bentanachs BARCELONA, a siete de mayo del dos mil cuatro.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso apelación arriba expresado, seguido a instancia de TAFECSADOS SL, representado/a por el/la Procurador Don/Doña ANA MOLERES MURUZABAL, en su cualidad de parte apelante, contra el Ayuntamiento de SANT CUGAT DEL VALLES, representado/a por el/la Procurador Don/Doña ANTONIO ANZIZU FUREST, sobre licencia de obras.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don José Juanola Soler.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de nº 3 de Barcelona y en los autos 274/2001, se dictó Sentencia num 30 de 19.2.2003 , por la que se desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por TAFECSADOS SL. contra Acuerdo del Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès de 7.5.2001, por el que se denegó la propuesta de modificación de proyecto de obras mayores para un nuevo tratamiento de materiales de fachada, ordenando la restauración de la realidad física alterada, con apercibimiento de ejecución subsidiaria.

  2. - En la vía del recurso de apelación, recibidas las actuaciones correspondientes y habiendo comparecido la parte apelante finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 21-4-2004.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación tiene por objeto la pretensión de la parte apelante de que se revoque la Sentencia apelada y con estimación de la demanda, se anule el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallés de 7.5.2001 por el que se denegó la propuesta de modificación de proyecto de obra mayor (licencia de obras solicitada por TAFECSADOS SL en expediente 210224/95) relativo a nuevo tratamiento de materiales de fachada, y se declare obtenida la licencia de obras por silencio administrativo.

SEGUNDO

Dada la norma del artículo 247 .3 del Decret Legislatiu 1/1990, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en Cataluña en materia de urbanismo , según la que en ningún caso se entenderán adquiridas por silencio administrativo facultades en contra de lo dispuesto en la normativa urbanística de aplicación, lo decisivo es examinar si las obras de autos se ajustan o no a...

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