STSJ País Vasco , 7 de Mayo de 2001

PonenteJOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA
ECLIES:TSJPV:2001:2558
Número de Recurso4545/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 4545/97 y acumulado 4324/98 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 532/2001 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

Dª. ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL MAGISTRADOS:

D. JOSE FELIX MARTIN CORREDERA D. JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA En la Villa de BILBAO, a siete de Mayo de Dos mil uno. La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 4545/97 y acumulado 4324/98 seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: el acuerdo de 14 de julio de 1997 del Ayuntamiento de Abadiño por el que se requiere a la recurrente para que con carácter previo al cambio de titularidad de la degustación DIRECCION000 solicite licencia de obras para la separación del servicio público por sexos, así como contra el acuerdo de 2 de julio de 1998 por el que le reitera la exigencia de las citadas obras en el plazo de un mes con apercibimiento de clausura del local.

Son partes en dicho recurso: como recurrente María Esther ,representado y dirigido por el Letrado JOSE IGNACIO ELORRIAGA ZORROZA Como demandada AYUNTAMIENTO DE ABADIÑO , representado por el Procurador ALFONSO LEGORBURU ORTIZ DE URBINA y dirigido por el Letrado BILBAO ALCALDE Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 23 de septiembre de 1.997 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. JOSE

IGNACIO ELORRIAGA ZORROZA actuando en nombre y representación de María Esther , interpuso recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo de 14 de julio de 1997 del Ayuntamiento de Abadiño por el que se requiere a la recurrente para que con carácter previo al cambio de titularidad de la degustación DIRECCION000 solicite licencia de obras para la separación del servicio público por sexos, así como contra el acuerdo de 2 de julio de 1998 por el que le reitera la exigencia de las citadas obras en el plazo de un mes con apercibimiento de clausura del local; quedando registrado dicho recurso con el número 4545/97.

Por resolución de fecha 2 de noviembre de 1.999 se acordó la acumulación a este recurso del que se seguía ante esta misma Sala con el número 4324/98 en el que se impugnaba el acuerdo de 2 de julio de 1.998 del Ayuntamiento de Abadiño que exige la realización de obras para la separación de los servicios públicos por sexos apercibiendole de otro modo la clausura del local. y en el que figuraban como partes María Esther y AYUNTAMIENTO DE ABADIÑO El presente recurso, por disposición legal, se reputa de cuantía indeterminada.

SEGUNDO

En los escritos de demanda presentados en ambos recursos, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que estimando la demanda declare no ajustado a derecho el acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Abadiño, de fecha 14 de julio de 1997 por el que se exige la realización de obras de separación de los servicios públicos por sextos con caracter previo al cambio de titularidad.

TERCERO

En los escritos de contestación , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime integramente el recurso y declare ajustado a derecho el acto impugnado imponiendo a la actora todas las costas causadas en el presente procedimiento, incluídas las de la parte demandada.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose las admitidas con el resultado que obra en autos .

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 27/04/01 se señaló el pasado día 02/05/01 para la votación y fallo del presente recurso.

SEPTIMO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo por el letrado D. Ignacio Elorriaga Zorroza en nombre y representación de D.ª María Esther contra el acuerdo de 14 de julio de 1997 del Ayuntamiento de Abadiño por...

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