STSJ Comunidad de Madrid , 16 de Septiembre de 2002

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJM:2002:11524
Número de Recurso112/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA RECURSO N° 112/00 SENTENCIA N° 1.188 PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García Dª. Fátima Arana Azpitarte D. José Daniel Sanz Heredero Dª. María Jesús Vegas Torres En Madrid, a dieciséis de septiembre de dos mil dos. Vistos los autos del recurso número 112/00 que ante esta Sala ha promovido el Procurador D. Fernando Rodríguez-Jurado Saro, en nombre y representación de D. Rogelio , sobre armas. Ha sido parte la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo y por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso-administrativo mediante escrito presentado en fecha 18-3-99, acordándose su admisión en fecha 24-3-99, con todo lo demás procedente en derecho.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 9-7-99, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado planteó la incompetencia del Juzgado y oídas las partes se dictó auto de 10-11-99 acordando la inhibición a favor de esta Sala. Recibidos los autos, se contestó a la demanda por el Sr. Abogado del Estado con fecha 19-4-00 suplicando la desestimación del recurso.

CUARTO

No solicitado el recibimiento a prueba, vista ni conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 12-9-02 en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Dirección General de la Guardia Civil de fecha 16-1-99 que denegó al recurrente D. Rogelio , licencia de armas tipo E.

SEGUNDO

Aplicando el art. 97-2 del RD. 137/93 de 29 de enero, la Administración denegó la licencia porque constaba que el solicitante había sido detenido en 1983 y 1984 y posteriormente condenado por la Audiencia Provincial de Madrid en fecha 28-10-87 como encubridor de robo a la pena de 2 meses de arresto mayor y por el Juzgado de Instrucción n° 24 de Madrid con fecha 24-10-86 a la pena de...

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