STSJ La Rioja , 24 de Marzo de 2004

PonenteJOSE LUIS DIAZ ROLDAN
ECLIES:TSJLR:2004:246
Número de Recurso12/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

En Logroño a veinticuatro de marzo de dos Mil cuatro.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, compuesta por los Magistrados Ilmos. Srs. D. José Félix Méndez Canseco, que la preside, D. Jesús Miguel Escanilla Pallás y D. José Luis Díaz Roldán, pronuncia, EN NOMBRE DEL REY y bajo ponencia del Magistrado Ilmo. Sr. D. José Luis Díaz Roldán, la siguiente:

S E N T E N C I A NÚM. 167 Vistos los autos correspondientes al RECURSO DE APELACIÓN sustanciado ante esta Sala bajo el nº 12/2004, a instancia del AYUNTAMIENTO DE RINCON DE SOTO representado por el Procurador D. José Toledo Sobrón y defendido por letrado, siendo la apelada la DIRECCION000 DE RINCON DE SOTO y D. Gustavo , representados por el Procurador D. Jesús López Gracia y defendidos por letrado, contra la Sentencia Nº 232/03 de 28 de noviembre , estimatoria parcial de recurso contencioso-administrativo interpuesto contra inactividad de la Administración demandada en relación denuncias formuladas por ruidos en local "Recreativos Ronchas".

I/

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño dictó en su recurso nº 111/2003 Sentencia Nº 232/03, de 28 de noviembre , en la que recayó el fallo del siguiente tenor literal: "Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo de inactividad interpuesto por la representación de la DIRECCION000 de Rincón de Soto y de D. Gustavo , debiendo el Ayuntamiento de Rincón de Soto demandado llevar a cabo la incoación de expediente de modificación de la licencia de actividad molesta de la Sala de Juegos "Recreativos Ronchas", así como promover las actuaciones sancionadoras que procedan de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable en relación con las Actividades Molestas Insalubres Nocivas y Peligrosas. Con la condena en costas del presten procedimiento a la Administración demandada".

SEGUNDO

Contra la misma interpuso recurso de apelación la parte recurrente.

TERCERO

Admitido a trámite dicho recurso de apelación y formulado escrito de oposición al mismo por la representación de la parte recurrida, fueron elevados los autos junto con el expediente administrativo a esta Sala.

CUARTO

No habiéndose solicitado la práctica de prueba, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 4 de Marzo de 2004, en que al efecto se reunió la Sala.

QUINTO

Se ha observado las prescripciones legales.

II/

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos de derecho y en parte el fallo de la Sentencia recurrida, con las modificaciones efectuadas por esta resolución.

PRIMERO

Por la representación procesal del Ayuntamiento de Rincón de Soto se interpone recuso de Apelación contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño, núm. 232/03, de 28 de Noviembre , que estimaba parcialmente el recurso jurisdiccional entablado.

Alega la Administración recurrente que no existe una inactividad que le sea imputable, sino que en reiteradas ocasiones requirió al titular del local "Recreativos Ronchas" para que legalizase su situación, llegando incluso a incoar y resolver el pertinente expediente sancionador,...

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